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MINISTERIO DE JUSTICIA SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 2006


Ministerio de Justicia
Servicio de Registro Civil e Identificación
Dirección Nacional
SUPRIME SUBOFICINA DE REGISTRO CIVIL UBICADA EN EL HOSPITAL DE CALAMA
(Resolución)
Santiago, 16 de febrero de 2006.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 532 exenta.- Vistos: Lo preceptuado en los artículos 7° letra t) y 25 de la ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil; lo informado por el Director Regional de la II Región de Antofagasta en su memorándum DR. N° 3.023, de 25.10.05; lo dispuesto en la resolución N° 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones posteriores;
Considerando:
Que la Suboficina de Registro Civil, abierta en el Hospital de Calama de esa ciudad, no realiza una cantidad relevante de actuaciones sumado al hecho que la Oficina de Registro Civil de Calama se encuentra físicamente muy cercana.
Que por lo anterior, no se justifica la presencia permanente de un funcionario en dicha Suboficina, siendo ésta una persona que puede apoyar las labores de otras Oficinas con mayor flujo de actuaciones, teniendo como fundamento principal que el número de actuaciones que en la Suboficina se realizan no presenta ningún beneficio para los usuarios ni para este Servicio, en uso de las facultades que me confiere la ley N° 19.477 antes citada, dicto la siguiente:
Resolución:
Suprímese, a contar del día 24 de febrero del 2006, la Suboficina de Registro Civil que funciona en el Hospital de Calama. Las actuaciones correspondientes a esta Suboficina se continuarán cumpliendo en la Oficina de Registro Civil e Identificación de Calama, la que se hará cargo también de la custodia de sus registros.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Gabriela Huarcaya Bode, Directora Nacional (S).




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