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MINISTERIO DE JUSTICIA SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 2008




Ministerio de Justicia
Servicio de Registro Civil e Identificación
Dirección Nacional
(Resoluciones)
DELEGA FACULTADES EN DIRECTORES REGIONALES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE SEÑALA
Santiago, 29 de octubre de 2007.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 525.- Vistos: Lo dispuesto en el D. F. L. N° 1/19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el D. L. N° 1.263, de 1975, Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado; en el D. F. L N° 2.128, de 1930, Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil; en el artículo 7° letra k) de la ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el D. F. L. N° 29 del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios; en el decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886; en la ley N° 19.553 que concede asignación de modernización y otros beneficios que indica y su respectivo Reglamento contenido en el decreto supremo N° 475 del Ministerio de Hacienda, de 1998; en la resolución N° 520 de fecha 14 de diciembre de 1996, y oficio 15.880 de 11 de abril de 2007, ambos de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. La importancia que reviste hacer aplicables las técnicas de desconcentración de facultades, con el propósito de agilizar ciertos procesos administrativos, resultando para ello necesario delegar ciertas facultades en los Directores Regionales.
2. Los principios de la eficiencia y la eficacia, que deben inspirar la actuación de todos los órganos del Estado.
3. La necesidad de alinear el accionar de las Direcciones Regionales con las directrices institucionales y del Gobierno Regional, a fin de otorgar beneficios directos a la ciudadanía como consecuencia de la eficiencia interna, transparencia y coordinación regional.
4. Que en el marco del Programa de Mejoramiento de la Gestión, denominado "Gestión Territorial", se ha estimado oportuno ejecutar la realización de un estudio sobre las actuales facultades delegadas a los Directores Regionales, con el objeto de optimizar las herramientas que pueden utilizar en su gestión.
5. Que atendida la necesidad de sistematizar las facultades delegadas a los Directores Regionales respecto de las cuales existiría derogación tácita, en virtud de la vigencia de la ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Resuelvo:
I.- Delégase en los Directores Regionales del Servicio de Registro Civil e Identificación la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por Orden del Director Nacional" las siguientes materias:
1. Nombrar al personal suplente del Servicio en la Región, aceptar las renuncias y poner término a sus funciones.
2. Efectuar la contratación del personal a contrata y de reemplazo de la Región, aceptar sus renuncias y prorrogar y poner término a sus funciones.
II.- Asimismo, déjase sin efecto la resolución N° 303 del Servicio de Registro Civil e Identificación, de fecha 31 de agosto de 1995, y todas las resoluciones anteriores cuyo contenido sea contrario a la presente resolución.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Guillermo Arenas Escudero, Director Nacional.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a usted, Verónica Pizarro Salas, Jefe Departamento Desarrollo de las Personas.




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