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MINISTERIO DE JUSTICIA SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 2008


Ministerio de Justicia
Servicio de Registro Civil e Identificación
CREA OFICINA DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE ALTO DEL CARMEN, DENTRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL MISMO NOMBRE, PROVINCIA DE HUASCO, REGIÓN DE ATACAMA
(Resolución)
Santiago, 7 de noviembre de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.241 exenta.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 7° letra t), 21 y 22 de la ley N°19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; lo informado por la Directora Regional (S) de la Región de Atacama en su Memorándum N°455 de fecha 12 de septiembre de 2008; por el Director Nacional de Estadísticas (S) en su Oficio Ordinario N°1.733 de fecha 16 de septiembre de 2008; la Resolución N°520, de 1996, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N°55, de 1992, ambas de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1.- La necesidad de proporcionar a todos los habitantes del país las facilidades para acceder a las actuaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación, y las extensas distancias observables entre las distintas Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación en la Provincia de Huasco.
2.- La creciente demanda de atención que presentan los habitantes de la Provincia de Huasco, por lo que en virtud de las facultades que me confiere la Ley N°19.477, antes citada, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Créase, a contar del día 20 de octubre de 2008, la Oficina de Registro Civil e Identificación de Alto del Carmen, situada en la comuna del mismo nombre, Provincia de Huasco, Región de Atacama, y cuyos límites son:
Al Norte: La línea de cumbres que limita por el norte la hoya del río Del Tránsito. Desde la cota 2806 en la sierra de El Tabaco hasta la línea de cumbres que separa las hoyas de los ríos Copiapó y Huasco; y la línea de cumbres que separa las hoyas de los ríos Copiapó y Huasco, desde la línea de cumbres que limita por el norte la hoya del río Del Tránsito, hasta el límite con Argentina.
Al Este: El límite con Argentina desde la línea de cumbres que separa las hoyas de los ríos Copiapó y Huasco, hasta la línea de cumbres que separa las hoyas de los ríos Del Carmen y Potrerillos.
Al Sur: La línea de cumbres que separa las hoyas de los ríos Del Carmen y Potrerillos, desde el límite con Argentina hasta la cota 3301; la línea recta que une la cota 3301 con la cota 3677; y la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada Guachacan, desde la cota 3677, individualizada en la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000, hasta la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río Del Carmen.
Al Oeste: La línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río del Carmen, desde la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada Guachacan hasta la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la quebrada Pie de Gallo; la línea de cumbres que limita por el sur-poniente la hoya de la quebrada Pie de Gallo; desde la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río Del Carmen hasta la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada El Maitén. Desde la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la quebrada Pie de Gallo hasta la cota 1519, en el cordón Los Llanitos; la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada La Arena desde la cota 1519. En el cordón Los Llanitos hasta la cota 1082; la línea recta, desde la cota 1082, hasta el origen del brazo oriente de la quebrada sin nombre que desemboca en el río Huasco contigua a la localidad denominada Tres Cruces, en la carta 1:50.000 del Instituto Geográfico Militar; dicha quebrada sin nombre, desde el origen de su brazo oriente hasta su desembocadura en el río Huasco; el río Huasco desde la desembocadura de la citada quebrada sin nombre hasta la desembocadura de la quebrada El Durazno; la quebrada El Durazno desde su desembocadura en el río Huasco hasta el origen de su brazo oriente, la línea recta desde el origen del brazo oriente de la quebrada El Durazno hasta la cota 1527; la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la Quebrada la Higuera, desde la cota 1527 hasta el cerro La Peineta, pasando por las cotas 1336, 1719, 2002 y 2351, y la loma de La Peineta; la poligonal que une la cota 2836, en el cerro La Peineta, con 2470, pasando por la cota 2459; y la línea de cumbres que limita por el poniente, el sur y el oriente la hoy de la quebrada San Lorenzo, desde la cota 2470 hasta la cota 2806, en la sierra de El Tabaco, pasando por las cotas 2441 y 2410 y por el portezuelo El Cura.
2. La Oficina de Alto del Carmen atenderá solicitudes de Cédula de Identidad, efectuará inscripciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, como también inscripciones en el Registro de Vehículos Motorizados, realizará actuaciones del Registro General de Condenas y otorgará todo tipo de Certificados emitidos desde la Bases de datos del Servicio, y, en general, todas aquellas actuaciones administrativas que la Ley del Servicio y normas especiales autorizan.
3. La Oficina de Alto del Carmen estará a cargo de un Oficial Civil, quien se encargará de las funciones asignadas a la Oficina y, además, tendrá bajo su responsabilidad el Libro de Repertorio del Registro de Vehículos Motorizados, debiendo cerrarlo diariamente, dejando constancia del número de anotaciones efectuadas.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Luis Fuentes Cerda, Director Nacional.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Verónica Pizarro Salas, Jefe Departamento Desarrollo de las Personas.




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