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MINISTERIO DE JUSTICIA DEFENSORIA PENAL PUBLICA


DO 2010


Ministerio de Justicia
Defensoría Penal Pública
DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN LOS DEFENSORES REGIONALES DE LA DEFENSORÍA PENAL PúBLICA
(Resolución)
Núm. 183.- Santiago, 6 de octubre de 2010.- Vistos:
1. Lo señalado en el artículo 41 del D.F.L. N° 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
2. Lo dispuesto en la ley N° 19.718 que crea la Defensoría Penal Pública;
3. Lo indicado en el decreto con fuerza de ley N°29, de 2004, de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo;
4. Lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado;
5. El decreto supremo N° 503, de 2008, del Ministerio de Justicia, que nombra a la suscrita como Defensora Nacional;
6. La resolución N° 135 de 2010, que establece Bases Administrativas Técnicas y Anexos para licitación del servicio de defensa penal pública.
7. La resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
1. Que la delegación de facultades es una institución contemplada en la ley, cuya finalidad es permitir una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado.
2. Que, dentro de ese marco, se estima necesario agilizar, a nivel regional, la formalización de las adjudicaciones del servicio de defensa penal licitada descrita en el numeral 6.9 de las bases administrativas de licitación pública aprobadas mediante la resolución N° 135 de 2010, para con ello dar estricto cumplimiento a los principios de economía procedimental y eficiencia contemplados en nuestro ordenamiento jurídico.
3. Que, en ese contexto, las referidas bases de licitación y los artículos 45 y 47 de ley N° 19.718 que crea la Defensoría Penal Pública, encomiendan al Comité de Adjudicación Regional la resolución a nivel regional de la respectiva licitación, a través de una decisión pública y fundada.
4. Que para dar efectivo cumplimiento a dicha normativa, es preciso delegar en los Defensores Regionales de la Defensoría Penal Pública la facultad de formalizar, a través de los correspondientes actos administrativos, los informes públicos y fundados de adjudicación emitidos por los respectivos Comités de Adjudicación Regional. Por lo tanto,
Resuelvo:
1.- Delégase en los Defensores Regionales o en quienes subroguen, u ocupen dichos cargos en calidad de suplentes y transitorios, la facultad relativa a dictar las resoluciones que formalicen los informes públicos y fundados de adjudicación emitidos por los Comités de Adjudicación Regional, en los procesos de licitación del servicio defensa penal pública que se lleven a cabo, en las zonas comprendidas dentro del ámbito de competencia de cada una de las Defensorías Regionales.
2.- La facultad antes delegada, deberá ser ejercida respetando rigurosamente el marco presupuestario autorizado y con estricta sujeción a la normativa vigente en materia de administración financiera y presupuestaria, y a las instrucciones que para este efecto se impartan.
3.- Por razones de buen servicio, la presente resolución producirá sus efectos desde la fecha de su dictación, sin que sea necesario esperar su total tramitación.
Anótese, tómese razón y publíquese.- Paula Vial Reynal, Defensora Nacional.




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