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MINISTERIO DE JUSTICIA SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 2011


Ministerio de Justicia
Servicio de Registro Civil e Identificación
Dirección Nacional
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 1.746 EXENTA, DE 2010, QUE DESIGNA INTEGRANTES COMISIÓN LEY DE TRANSPARENCIA
(Resolución)
Santiago, 23 de febrero de 2011.- Hoy de resolvió lo que sigue:
Núm. 787 exenta.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, del 13 de diciembre de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; las letras a), c) y u) del artículo 7° de la ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; lo dispuesto en la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; lo establecido en el decreto supremo N° 13, del 13 de abril de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el reglamento de la ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública; las Instrucciones Generales del Consejo para la Transparencia, en especial la N° 2 sobre Designación de Enlaces, publicada en el Diario Oficial con fecha 16 de mayo de 2009; lo dispuesto en la resolución exenta N° 1.746, de fecha 17 de mayo de 2009; memorándum Sdo. N° 421, de fecha 13 de mayo de 2010, y lo establecido en la resolución N° 1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1.- Que para efectos de promover la transparencia de la función pública y fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información, el Consejo para la Transparencia dicta instrucciones generales para el adecuado cumplimiento de la legislación por parte de los órganos de la Administración del Estado, requiriendo de éstos que se ajusten a sus procedimientos y sistemas de atención de público.
2.- Que las políticas, metodología de implementación de la ley N° 20.285, participación en la elaboración y seguimiento de sus principales productos en materia de transparencia, tanto activa como pasiva, han sido normados en este Servicio a través del Sistema Integral de Información y Atención Ciudadana, cuyos procedimientos se encuentran disponibles a través del Sistema de Gestión de la Calidad.
3.- Que la etapa de implementación y puesta en marcha de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, ha concluido al interior de este Servicio.
4.- Que, como consecuencia de lo anterior, los lineamientos, la definición de roles, los procedimientos y los contenidos en materia de transparencia se encuentran establecidos y consolidados al interior del Servicio de Registro Civil e Identificación.
5.- Que ni la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, ni su reglamento contemplan una estructura específica que los servicios deban adoptar para dar cumplimiento a sus disposiciones y normas, sino que establece los roles que deberán cumplirse por los órganos de la Administración del Estado para garantizar el respeto al principio de transparencia de la función pública y el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado.
6.- Que, de acuerdo a lo anterior, el Consejo para la Transparencia ha dictado el Instructivo General N° 2 sobre Designación de Enlaces, el cual instruye a los servicios y órganos de la Administración del Estado sobre la designación de uno o más funcionarios de cada repartición, con el objeto de que operen como su enlace con el Consejo para la Transparencia, con los fines que se indican en dicho instructivo.
7.- Que el citado instructivo se cumple al interior de este Servicio, por cuanto existen funcionarios que se encuentran designados como enlaces con el Consejo para la Transparencia, siendo ésta la única modalidad especial que se instruye y se implementa al interior de los servicios y órganos públicos.
8.- Que, en atención a lo indicado precedentemente, no es necesario que la Comisión designada por la resolución exenta N° 1.746, de fecha 17 de mayo de 2010, de este organismo, siga vigente.
9.- Que, en consecuencia, no resulta procedente, a su vez, mantener vigente la instrucción de trabajo sobre funcionamiento Comisión Ley de Transparencia, informada mediante Memorándum Sdo. N° 421, de fecha 13 de mayo de 2010.
Resuelvo:
Déjase sin efecto la resolución exenta N° 1.746, de 17 de mayo de 2010, publicada en el Diario Oficial con fecha 22 de mayo de 2010, que designa integrantes de la Comisión Ley de Transparencia del Servicio de Registro Civil e Identificación, como, así mismo, la Instrucción de Trabajo que regulaba su funcionamiento.
Anótese y publíquese.- Leyla Díaz Hernández, Directora Nacional (S).
Lo que transcribo para su conocimiento y demás fines.- Jefe Departamento Desarrollo de las Personas (S).




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