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MINISTERIO DE JUSTICIA SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 2013


Ministerio de Justicia
Servicio de Registro Civil e Identificación
(Resoluciones)
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 861 EXENTA, DE 2013, QUE SEÑALA CARACTERÍSTICAS Y FIJA MENCIONES DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD ELECTRÓNICA QUE EMITA EL SERVICIO
Santiago, 1 de octubre de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 873 exenta.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N° 20.673 que modifica la ley N° 19.451, respecto a la determinación de quiénes pueden ser donantes de órganos y la fecha de su entrada en vigencia; el DFL 1/19.653, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 1°, 4°, número 4, y 7°, letras n) y u) de la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; la resolución exenta N° 861, de 29 de agosto de 2013, de la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1. Que la ley N° 20.673, entre otras modificaciones a la ley N° 19.451, que Establece Normas Sobre Trasplante y Donación de Órganos, derogó su artículo 9° y atendida la entrada en vigencia de estas modificaciones, en uso de las facultades que me concede la normativa vigente, Resuelvo:
1. Modifícase la resolución exenta N° 861, de 29 de agosto de 2013, de la Dirección Nacional del Servicio, que señala características y fija menciones de la cédula de identidad electrónica del siguiente modo:
a) Elimínase la letra d) "Información sobre calidad de no donante de órganos", de la sección 2.2 Zona de datos opcionales (reverso) de la cédula de identidad nacional electrónica.
b) Agrégase en el punto N° 4, inciso primero, a continuación de la frase: "de la presente resolución," lo siguiente: "y sus modificaciones posteriores," quedando, en consecuencia, el inciso primero del punto N° 4 de la resolución mencionada, de la siguiente forma: "La cédula de identidad electrónica para extranjeros se sujetará a lo dispuesto en los números 1, 2 y 3 de la presente resolución, y sus modificaciones posteriores, con las siguientes variantes:".
Anótese y publíquese.- Rodrigo Durán López, Director Nacional.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines.- Paola Flores Espinoza, Jefa Departamento Desarrollo de las Personas.




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