GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 967164 2015


Ministerio de Justicia
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
(IdDO 967164)
APRUEBA INFORME DE FUNCIONAMIENTO DE TODAS LAS UNIDADES OPERATIVAS A NIVEL NACIONAL DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN
(Resolución)
Santiago, 13 de noviembre de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 4.494 exenta.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/ 19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto ley N° 3.346, de 1980, que Fija el Texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto supremo N° 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto ley N° 1.268, de 1975, del Ministerio de Justicia, que Fija Normas Sobre Agilización del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto supremo N° 55, de 1983, del Ministerio de Justicia, que Fija Precios a los Documentos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto supremo N° 160, de 2002, del Ministerio de Justicia, que Fija Nuevo Precios para pasaportes que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto supremo N° 1.010, de 1989, del Ministerio de Justicia, que Aprueba Reglamento de Pasaportes Ordinarios, y de Documentos Viaje y Títulos de Viaje para Extranjeros; en el decreto exento N° 649, de 2009, del Ministerio de Justicia, que Reajusta el Monto de los Impuestos y Valores Adicionales en las Actuaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto exento N° 2.416, de 26 de junio de 2015, del Ministerio de Justicia, que Fija nuevos montos de valores adicionales para documentos de identidad y viaje electrónicos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto exento N° 3.262, de 30 de septiembre de 2015, del Ministerio de Justicia, que Modifica entrada en vigencia de nuevos montos de valores adicionales para documentos de identidad y viaje electrónicos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, mediante decreto exento N° 3.262, de 30 de septiembre de 2015, del Ministerio de Justicia, se modificó la fecha de entrada de nuevos montos adicionales para documentos de identidad y viaje electrónicos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación, fijados mediante decreto exento N° 2.416, de 26 de junio de 2015, de esta Secretaría de Estado.
2. Que, en el citado decreto se estableció que los nuevos montos de valores adicionales de los documentos señalados en el artículo 1° del decreto exento N° 2.416, de 2015, del Ministerio de Justicia, comenzarán a aplicarse desde el quinto día hábil contados a partir de la fecha de publicación del acto administrativo del Ministerio de Justicia que apruebe el informe de funcionamiento de todas las unidades operativas a nivel nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación. Dicho informe deberá ser remitido por el Director del referido servicio previo requerimiento del Subsecretario.
3. Que, se ha recibido en esta Secretaría de Estado el oficio ordinario N° 0939, de 12 de noviembre de 2015, del Director Nacional (T y P) del Servicio de Registro Civil e Identificación, que da cuenta del funcionamiento normal de todas las unidades operativas a nivel nacional de dicha repartición.
4. Que, corresponde dar cuenta de esta situación, publicando en el Diario Oficial la presente resolución, a fin de aplicar plenamente los nuevos valores adicionales para documentos de identidad y viaje electrónicos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación, fijados en el artículo 1° del decreto exento N° 2.416, de 2015, del Ministerio de Justicia.
5. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7, letra b), del decreto ley N° 3.346, que Fija el Texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia, son funciones del Subsecretario de Justicia, entre otras, velar por el buen funcionamiento de los servicios dependientes del Ministerio y comunicarles las instrucciones pertinentes.
Resuelvo:
1°.- Apruébase el informe presentado por la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante oficio ordinario N° 0939, de 12 de noviembre de 2015, que da cuenta del funcionamiento de todas las unidades operativas a nivel nacional de dicha repartición pública.
2°.- Conforme a lo dispuesto en el decreto exento N° 3.262, de 30 de septiembre de 2015, del Ministerio de Justicia, los nuevos valores adicionales para documentos de identidad y viaje electrónicos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación, fijados en el artículo 1° del decreto exento N° 2.416, de 2015, del Ministerio de Justicia, comenzarán a aplicarse desde el quinto día hábil contado a partir de la fecha de publicación del presente acto.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Ignacio Suárez Eytel, Subsecretario de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricio Gálvez Bertin, Jefe Departamento Administrativo.




VolverTamaño de Fuente