GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION DIRECCION NACIONAL


DO 1126637 2016


(CVE 1126637)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Servicio de Registro Civil e Identificación
Dirección Nacional
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 341 EXENTA, DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2016, QUE CREÓ LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN "OFICINA RVM CATEDRAL" EN EL SENTIDO QUE INDICA Y SEÑALA FECHA DE CREACIÓN
(Resolución)
Núm. 359 exenta.- Santiago, 6 de octubre de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, de 2001, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el artículo 7° letras t) y v) en el inciso tercero del artículo 23 y en el artículo 40 de la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en los artículos 39, 42, 45 e inciso 3° del artículo 51 del decreto con fuerza de ley 1, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito N° 18.290; en el artículo 3° del decreto supremo de Transportes y Justicia N° 1.111, Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados; en el decreto supremo N° 855/2004 de Transportes y Justicia, Reglamento del Registro Especial de Remolques y Semi Remolques; en la resolución exenta N° 341, de fecha 21.09.2016, que creó la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación Oficina RVM Catedral, y la resolución N° 1.600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
1. Que, el Servicio de Registro Civil e Identificación, en el marco de la modernización del Estado, que exige elevar su eficiencia y el empleo de nuevas tecnologías en beneficio de la ciudadanía, ha desarrollado un sistema de gestión electrónico, que permitirá la primera inscripción de vehículos nuevos y sin uso y la transferencia de vehículos usados en el Registro de Vehículos Motorizados, a través de medios automatizados; inscripción fundada en facturas electrónicas de primera venta electrónica, contratos de compraventa autorizados notarialmente, facturas electrónicas de transferencia y escrituras públicas, respectivamente, y los demás documentos complementarios que correspondan legal y reglamentariamente.
2. Que, en el marco indicado precedentemente, mediante la resolución exenta N° 341, de fecha 21.09.2016, se creó la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación Oficina RVM Catedral, dentro de la Circunscripción de Santiago, con sede en la misma comuna, la que tiene por objeto recibir y procesar solicitudes de primeras inscripciones de vehículos nuevos y sin uso en el Registro de Vehículos Motorizados, a través de medios automatizados, inscripciones fundadas en facturas electrónicas de primera venta electrónica emitidas por importadores y concesionarios que comercializan vehículos motorizados nuevos y sin uso y, además, recibir y procesar solicitudes de transferencia de vehículos usados en el Registro de Vehículos, fundadas en contratos de compraventa autorizados notarialmente, facturas electrónicas de transferencia, escrituras públicas y los demás documentos complementarios que correspondan legal y reglamentariamente.
3. Que, conforme a lo dispuesto en la Ley de Tránsito N° 18.290, el decreto supremo de Transportes y Justicia N° 1.111/1985, Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados y el decreto supremo N° 855/2004 de Transportes y Justicia, Reglamento del Registro Especial de Remolques y Semi Remolques, en el Registro de Vehículos Motorizados deberán anotarse también gravámenes, prohibiciones, embargos, medidas precautorias, arrendamientos con opción de compra u otros títulos que otorguen la tenencia material del vehículo, los respectivos alzamientos de los gravámenes, así como las alteraciones en los vehículos que los hagan cambiar su naturaleza, sus características esenciales, o que los identifican, como asimismo su abandono, destrucción o su desarmaduría total o parcial o la cancelación de la inscripción.
4. Que, a fin de dar cumplimiento a las exigencias legales y reglamentarias señaladas en los vistos y en el considerando anterior, se hace necesario modificar la resolución exenta N° 341 que creó la Oficina especializada del Servicio de Registro Civil e Identificación, denominada "Oficina RVM Catedral", al tenor de lo dispuesto en el artículo 7 letras t) y v), artículo 23 y en el artículo 40, todos de la Ley N° 19.477, Orgánica de este Servicio,
Resuelvo:
1. Modifíquese la resolución exenta N° 341, de 21 de septiembre de 2016, que creó la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación Oficina RVM Catedral, dentro de la Circunscripción de Santiago, con sede en esta misma comuna, en el sentido de ampliar su objeto a fin que pueda recibir y procesar también, a través de medios automatizados, las solicitudes de anotación fundadas en sentencias o resoluciones judiciales, instrumentos privados, contratos privados o escrituras públicas, debidamente autorizados con firma Electrónica Avanzada y los demás documentos complementarios que correspondan legal y reglamentariamente; documentos estos que podrán, según corresponda, fundar la inscripción de anotaciones de gravámenes, prohibiciones, embargos, medidas precautorias, arrendamientos con opción de compra u otros títulos que otorguen la tenencia material de los vehículos y sus respectivos alzamientos, así como las alteraciones en los vehículos que los hagan cambiar su naturaleza, sus características esenciales, o que los identifican, como asimismo su abandono, destrucción o su desarmaduría total o parcial o la cancelación de la inscripción.
2. Créase, a contar del 1 de octubre de 2016, la Oficina RVM Catedral, del Servicio de Registro Civil e Identificación, dentro de la Circunscripción de Santiago en la Región Metropolitana.
Anótese y publíquese.- Luis Acevedo Quintanilla, Director Nacional (TP).




VolverTamaño de Fuente