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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 1254244 2017


(CVE 1254244)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Servicio de Registro Civil e Identificación
DELEGA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DESARROLLO DE LAS PERSONAS DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN LAS FACULTADES QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE SEÑALA
(Resolución)
Santiago, 31 de julio de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 230 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL N° 1 de 2001, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Justicia, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.884, sobre Estatuto Administrativo; el artículo 7° letra k) de la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; el decreto N° 2.128 Aprueba Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil e Identificación, de 1930; en la resolución N° 1.600, de 2008, y la resolución N° 10, de 2017, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón de materias de personal, y la resolución N° 18, de 2017, que fija normas sobre tramitación en línea de decretos y resoluciones relativos a las materias de personal, todas de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

1. La importancia que reviste hacer aplicable el principio de desconcentración de funciones, con el propósito de agilizar los procesos administrativos, en materia de personal, que firma el Director Nacional, resultando para ello necesario delegar ciertas facultades en el Jefe del Departamento Desarrollo de las Personas.
2. La necesidad de recopilar y distribuir de manera armónica las delegaciones de facultades del Director Nacional en el Jefe del Departamento Desarrollo de las Personas, en un texto único.
3. Los principios de la eficacia y la eficiencia, que deben inspirar la actuación de todos los Órganos del Estado.
4. Que a contar del 15 de septiembre de 2014, este Servicio está sujeto al sistema de toma de razón electrónica, mediante la plataforma SIAPER de la Contraloría General de la República para la tramitación y control de juricidad de los actos administrativos en materias de personal, lo cual implica el uso de firma electrónica avanzada.
5. Que la resolución N° 18, de 2017, de la Contraloría General de la República de Chile, establece que La toma de razón y el registro de los decretos y resoluciones relativos a las materias de personal, se realizará a través de un procedimiento en línea, en la plataforma web de la Contraloría General, denominada Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado, en adelante SIAPER:

Resuelvo:

1. Delegar en el Jefe del Departamento Desarrollo de las Personas del Servicio de Registro Civil e Identificación, las facultades de suscribir, bajo la fórmula Por Orden del Director Nacional, las siguientes materias:

a) Reconocimiento, Prórroga o Cese de asignación familiar, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central.
b) Reconocimiento de Asignación Profesional, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central y de los Directores y Directoras Regionales.
c) Feriado Legal y acumulación de Feriado Legal, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central y de los Directores y Directoras Regionales.
d) Licencias médicas, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central y de los Directores y Directoras Regionales.
e) Permiso con goce de remuneraciones de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central y de los Directores y Directoras Regionales.
f) Permiso sin goce de remuneraciones de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central y de los Directores(as) Regionales.
g) Asignación de funciones de cajeros, y término de la asignación, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central y reconocimiento de Asignación por pérdida de caja.
h) Asignación de funciones de Tesoreros, y término de la asignación, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central.
i) Asignación de fondo fijo para sencillo de caja, de los funcionarios y funcionarias de Nivel Central.
j) Reconocimiento de Antigüedad o declaración de pérdida de Bienios, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central y de los Directores y Directoras Regionales.
k) Subsidios de cesantía del Nivel Central.
l) Comisiones de Servicio y cometidos funcionarios de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central.
m) Comisiones de Servicio y cometidos funcionarios de los Directores y Directoras Regionales cuando salen de la Región.
n) Comisiones de Servicio de los funcionarios y funcionarias de Regiones, cuando salen de la Región por labores ajenas a sus funciones, se excluyen las comisiones de Servicio por capacitación, en atención a que dicha facultad está delegada en los Directores Regionales.
o) Horas extraordinarias de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central, y de los Directores y Directoras Regionales.
p) Tiempo compensatorio por horas extraordinarias y capacitación de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central y los Directores y Directoras Regionales.
q) Bono de escolaridad de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central.
r) Bonos extraordinarios otorgados por el Gobierno, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central.
s) Fija Horario diferido y pone término, de los funcionarios y funcionarias de Nivel Central y de los Directores y Directoras Regionales.
t) Destinaciones con o sin derechos de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central, tanto de planta como del personal a contrata.
u) Destinaciones con o sin derechos de los funcionarios y funcionarias de Regiones, cuando salen de la Región, tanto de planta como del personal a contrata.
v) Permiso para alimentar, de los funcionarios y funcionarias del Nivel Central.
w) Documentos que acrediten la selección y adjudicación de Organismos Técnicos de Capacitación o personas naturales que se desempeñen como monitores externos.

2. Déjase establecido que en ausencia del Jefe de Departamento Desarrollo de las Personas, la facultad indicada en el punto anterior, será ejercida por los subrogantes legales.
3. Déjense sin efecto las resoluciones exentas N° 5.387, de 18 de diciembre de 2013, y N° 5.190, de 29 de diciembre de 2014, a contar de esta fecha.
4. Por el contrario, entiéndase que todas las facultades no expresamente señaladas en la presente resolución, se mantienen radicadas en el Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación.

Anótese y publíquese.- Jorge Álvarez Vásquez, Director Nacional (S).
Lo que transcribo para su conocimiento y demás fines.- Juvenal Osorio Soto, Jefe Departamento Desarrollo de las Personas (S).




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