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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 1267459 2017


(CVE 1267459)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Servicio de Registro Civil e Identificación
SUSPENDE LAS FACULTADES QUE SE INDICAN DELEGADAS EN LOS(AS) DIRECTORES(AS) REGIONALES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN POR RESOLUCIÓN N° 227 EXENTA, DE 2017
(Resolución)
Santiago, 22 de agosto de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 255 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL N° 1, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el DL N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado; en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios; en el DS N° 250, de 2004, que Aprueba el Reglamento de la ley N° 18.886; decreto Ley N° 1.939, de 1977, que establece Normas sobre Adquisición, Administración y Disposición de Bienes del Estado; decreto N° 577, de 1978, Reglamento sobre Bienes Muebles Fiscales, en el artículo 7° letra k) de la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; el decreto N° 2.128, que Aprueba Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil e Identificación de 1930; en los artículos 17 y 18 y demás disposiciones pertinentes de la ley N° 4.808, sobre Registro Civil; en la resolución N° 1.600, de 2008, y la resolución N° 10, de 2017, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón de materias de personal, y la resolución N° 18, de 2017, que fija normas sobre tramitación en línea de decretos y resoluciones relativos a las materias de personal, todas de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

1. Lo indicado en el artículo 3° del DFL 1/19.653, donde señala que La Administración del Estado está al servicio de la persona humana; su finalidad es promover el bien común atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente... Los principios de la eficacia y la eficiencia, que deben inspirar la actuación de todos los Órganos del Estado.
2. Que, a contar del 15 de septiembre de 2014, este Servicio está sujeto al sistema de toma de razón electrónica mediante la plataforma SIAPER TRA de la Contraloría General de la República para la tramitación y control de juridicidad de los actos administrativos en materias de personal, lo cual implica el uso de firma electrónica avanzada.
3. Que, la resolución N° 10, de 2017, de la Contraloría General de la República, fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón de las materias de personal, que deben tramitarse a través de la plataforma SIAPER.
4. Que, la resolución N° 18, de 2017, de la Contraloría General de la República, dispuso que la toma de razón y el registro de los decretos y resoluciones relativos a materia de personal, se deben realizar a través del procedimiento en línea en la plataforma web del referido organismo contralor, denominada Sistema de Información y Control de Personal de la Administración del Estado (SIAPER).
5. La contingencia producida por la implementación del sistema SIAPER, en lo que se refiere a la tramitación en la modalidad Registro Automático de los actos administrativos en materia de personal establecidos en la resolución N° 18, de 2017, de la Contraloría General de la República.
5. La necesidad de tramitar en forma expedita las resoluciones exentas sobre cometidos funcionarios, comisiones de servicio, destinaciones y reconocimiento del beneficio de asignación profesional, registrándolas oportunamente en el SIAPER:

Resuelvo:

1. Suspender las facultades de suscribir, bajo la fórmula Por orden del Director Nacional delegada en los(as) Directores(as) Regionales de Servicio de Registro Civil e Identificación por resolución exenta N° 227, de fecha 31 de julio de 2017, en las siguientes materias:

a) Resolver sobre destinaciones de los(as) funcionarios(as) dentro de la región, conforme a las normas y facultades contempladas en la ley.
b) Reconocer el beneficio de asignación profesional a los(as) funcionarios(as) de la región.
c) Designar en comisión de servicio a los(as) funcionarios(as) de la región, para asistir a actividades de capacitación programadas por el Nivel Central, realizadas fuera de la región.
d) Designar en comisión de servicio a los(as) funcionarios(as) que hayan sido designados(as) investigadores o fiscales y actuarios(as) en investigaciones sumarias o sumarios administrativos respectivamente, y que deban ejercer dichas funciones fuera de la región en la que habitualmente se desempeñan.
e) Autorizar los cometidos funcionarios de los(as) funcionarios(as) de su dependencia para concurrir a otra región a realizar talleres y/o cursos como Monitores.

Anótese y publíquese.- Jorge Álvarez Vásquez, Director Nacional (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Juvenal Osorio Soto, Jefe Departamento Desarrollo de las Personas (S).




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