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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 1315880 2017


(CVE 1315880)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Servicio de Registro Civil e Identificación
DELÉGASE EN EL JEFE DE DEPARTAMENTO ARCHIVO GENERAL Y EN LA FUNCIONARIA DE LA UNIDAD DE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO QUE SE INDIVIDUALIZA, LA FACULTAD PARA FIRMAR ÓRDENES DE SERVICIO, Y OTROS DOCUMENTOS, Y DÉJASE SIN EFECTO EN SU PARTE PERTINENTE LA RESOLUCIÓN EXENTA QUE INDICA
(Resolución)
Santiago, 27 de noviembre de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 365 exenta.

Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación, en su artículo 4° N° 6 y artículo 7°, letras e), f), k), o) y v); en la Ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 4.808, sobre Registro Civil; en la Ley N°20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en el decreto N°84, del Ministerio de Justicia, de 2013, que Aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro; la resolución exenta N°202, de fecha 6 de junio de 2016, que Sistematiza la Estructura Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación, establece objetivos y deja sin efecto resoluciones que indica; la Providencia N°1821, de la Dirección Nacional, de fecha 4 de octubre de 2016, lo señalado en el Dictamen N° 34.583 de 2009, sobre la posibilidad que los empleados a contrata de este Servicio puedan realizar labores de jefatura, y en la resolución N° 1.600 de 2008, que Establece Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, estas últimas dos normativas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, la ley N° 20.500, en su artículo 8°, y su Reglamento, en el artículo 1°, del decreto N°84, de Justicia, de 2013, establecen que existirá un Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, cuyo objetivo será registrar y actualizar los antecedentes relativos a la constitución, modificación, disolución o extinción de las personas jurídicas a que estos cuerpos legales se refieren.
2. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, número 6, de la Ley N°19.477, Orgánica de esta institución, son funciones del Servicio, entre otras, dejar constancia en los registros e inscripciones que lleve o practique conforme a la ley, de los hechos y actos jurídicos que los modifiquen, complementen o cancelen.
3. Que, el artículo 19 del decreto N°84, de Justicia, de 2013, que Aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, prescribe que las rectificaciones de errores u omisiones de una inscripción, serán autorizadas por el Director Nacional del Servicio, de oficio o a petición de parte, el que podrá ordenar por la vía administrativa, la rectificación de inscripciones que contengan omisiones o errores manifiestos.
4. Que la presente delegación de facultades, permitirá disminuir los tiempos de respuesta a los distintos usuarios del Servicio de Registro Civil e Identificación, contribuyendo de esta manera a dar cumplimiento a los principios de oportunidad y eficiencia.

Resuelvo:

1.- Delégase, indistintamente y a contar de la fecha de la total tramitación de la presente resolución, en el Jefe del Departamento Archivo General (S), don Víctor Manuel Rebolledo Salas, RUN N°13.070.754-8, profesional, Grado 4° de la EUS, y en quien lo subrogue, con desempeño en ese Departamento, y en la Encargada de la Unidad de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, doña Katty Allyson Aragón Aragón, RUN N°13.450.517-6, profesional, Grado 8°, de la Escala única de Sueldos, y en quien la subrogue, la facultad para firmar bajo la fórmula Por orden del Director Nacional, las Órdenes de Servicio que rectifiquen en general las inscripciones que consten en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin fines de lucro.
2.- Delégase, indistintamente y a contar de la fecha de la total tramitación de la presente resolución, en atención a lo dispuesto en el artículo 4 numeral 7, y letras o) y r) del artículo 7, de la Ley N° 19.477, Orgánica de este Servicio, en el Jefe del Departamento de Archivo General (S) don Víctor Manuel Rebolledo Salas RUN N°13.070.754-8, profesional, Grado 4° de la EUS, con desempeño en ese Departamento, y en quien lo subrogue, la facultad para dictar y firmar bajo la fórmula Por orden del Director Nacional, la resolución exenta, como su revocación y complemento, que contenga la nómina de todos los funcionarias/os de la Unidad de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, que estarán facultadas/os para autorizar o firmar los documentos del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.
3.- Facúltase en virtud de lo dispuesto en el artículo 4°, numeral 7, y letras o) y r) del artículo 7°, de la Ley N° 19.477, Orgánica de este Servicio, al Jefe de Departamento de Archivo General (S), don Víctor Manuel Rebolledo Salas, RUN N° 13.070.754-8, profesional, Grado 4° EUS, y a quien lo subrogue, para firmar o autorizar los documentos, informes y certificados que a continuación se señalan:

3.1.- Certificado de Vigencia de Persona Jurídica sin Fines de Lucro.
3.2.- Certificado de Directorio de Persona Jurídica sin Fines de Lucro .

4.- Déjese sin efecto, a contar de la fecha de la total tramitación de la presente resolución, lo pertinente del Acápite VII en la parte relativa al Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, y el Acápite VIII, N°13, todos de la resolución exenta N° 373, de fecha 21 de enero de 2013.

Anótese y publíquese.- Jorge Álvarez Vásquez, Director Nacional (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Juvenal Osorio Soto, Jefe Departamento Desarrollo de las Personas (S).




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