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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SERVICIO NACIONAL DE MENORES


DO 1520485 2018


(CVE 1520485)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Servicio Nacional de Menores

Dirección Regional Metropolitana

DESIGNA ADMINISTRADOR PROVISIONAL PARA EL PROYECTO DENOMINADO
RMA - HOGAR REFUGIO DE MISERICORDIA, EJECUTADO POR LA
CONGREGACIÓN DEL AMOR MISERICORDIOSO, EN LA REGIÓN
METROPOLITANA

(Resolución)

Núm. 4.226 exenta.- Santiago, 19 de diciembre de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley del Ministerio Secretaría General de la Presidencia N° 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley N° 2.465, de 1979, que crea el Servicio Nacional de Menores y fija el texto de su ley orgánica; en el decreto supremo N° 356, de 1980, del Ministerio de Justicia, Reglamento del Servicio Nacional de Menores; en la ley N° 20.032, que establece sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores de Sename, y su régimen de subvención; en el decreto N° 841, del Ministerio de Justicia, que aprueba reglamento de la ley N° 20.032; en la resolución RA N° 263/1546/2018, de 5 de julio de 2018, y en la resolución exenta N° 0032/B, de 2007, ambas de la Dirección Nacional de Menores; en las resoluciones afecta N° 4 y exenta N° 2.434, ambas del 30 de julio de 2018, de esta Dirección Regional Metropolitana; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y,

Considerando:

1°. Que, el Servicio Nacional de Menores es el Organismo del Estado que tiene por misión contribuir a la prevención, promoción, protección y restitución de los derechos de niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos, así como a la responsabilización e inclusión social de jóvenes infractores de la ley a través de una oferta programática en continuo mejoramiento, la cual es entregada por un grupo humano comprometido, constituido por Sename y sus Organismos Colaboradores.
2°. Que, la ley N° 20.032, que establece sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores de Sename, y su régimen de subvención, y el decreto supremo N° 841, de 2005, del Ministerio de Justicia, que aprueba el reglamento de la referida ley, son los textos legales que constituyen el marco normativo regulador del sistema de atención a la niñez y adolescencia que se presta a través de la red de colaboradores acreditados del Servicio.
3°. Que, la Congregación del Amor Misericordioso, organismo colaborador del Sename, ejecuta el proyecto denominado RMA-PER Hogar Refugio de Misericordia, mediante convenio aprobado por resolución afecta N° 4, del 30 de julio de 2018, y resolución exenta N° 2.434, de misma fecha, cuya vigencia se extendería por 1.5 años, esto es, desde el 4 de abril de 2018 hasta el 4 de octubre de 2019.
4°. Que, con fecha 30 de noviembre del año 2018, doña Karen Hoyuelos de Luca, Jueza Coordinadora del Centro de Medidas Cautelares, Titular del Primer Juzgado de Familia de Santiago, en Rol ADM 03-2018, resuelve:

I.- Que se acoge la solicitud formulada el 5 de junio de 2018 por la Magistrada Jessica Arenas Paredes, Juez Titular del Segundo Juzgado de Familia de Santiago, Preferente en el Centro de Medidas Cautelares, en orden a designar un Administrador Provisorio para RMA - PER Hogar Refugio de la Misericordia, dependiente de la Congregación Amor Misericordioso, organismo colaborador del Servicio Nacional de Menores.
II.- Que se designa a la Señora Directora Regional Metropolitana, o quien la subrogue, como administrador provisional de la Residencia RMA - PER Hogar Refugio de la Misericordia, dependiente de la Congregación Amor Misericordioso, organismo colaborador del Servicio Nacional de Menores, ubicada en Guérnica 455, comuna de Estación Central.
III.- Que la designación se realizará inicialmente hasta el día 19 de enero de 2019, ordenándose a su vez que en caso que fuere necesario extenderla, se entenderá prorrogada por el solo ministerio de la ley hasta la completa reubicación de las adolescentes y niños residentes. (SIC).

5°. Que, conforme al artículo 36 del decreto supremo N° 356, de 1980, del Ministerio de Justicia, que contiene el reglamento del Servicio Nacional de Menores, esta Dirección Regional Metropolitana viene en delegar la administración provisional del proyecto denominado RMA - PER Hogar Refugio de la Misericordia, ejecutado por la Congregación del Amor Misericordioso, en doña Tatiana Romane Arias Bernard, RUT N° 10.618.646-4, profesional, a contrata, grado 8 de la EUS, con desempeño en la Unidad de Supervisión Financiera, de la Dirección Regional Metropolitana, quien tendrá las facultades y deberes establecidos en el artículo 39 del precitado Reglamento.

Resuelvo:

1°. Desígnese como administrador provisional del proyecto denominado RMA - PER Hogar Refugio de Misericordia, ejecutado por la Congregación del Amor Misericordioso a la Servidora Estatal de esta Dirección Regional Metropolitana, doña Tatiana Romane Arias Bernard, RUT N° 10.618.646-4, profesional, a contrata, grado 8 de la EUS, con desempeño en la Unidad de Supervisión Financiera, de la Dirección Regional Metropolitana, a partir de la fecha de su notificación y hasta el día 19 de enero de 2019.
2°. Comuníquese la presente resolución exenta al Ministerio de Justicia, al Tribunal que autorizó la administración provisional, esto es, al Centro de Medidas Cautelares de Santiago y al representante de la institución.

Anótese, notifíquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carla Valentina Leal Stiebler, Directora (S) Regional Metropolitana Servicio Nacional de Menores.




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