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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SERVICIO MEDICO LEGAL


DO 1616043 2019


(CVE 1616043)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Servicio Médico Legal

FIJA NÓMINA DE LABORATORIOS ACREDITADOS PARA DETERMINACIÓN DE HUELLAS GENÉTICAS SEGúN LO INDICADO POR EL ARTÍCULO 199 BIS DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL, LA LEY N° 19.970 QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE REGISTROS DE ADN Y SU REGLAMENTO

(Resolución)

Núm. 1.501 exenta.- Santiago, 8 de mayo de 2019.

Vistos:

La ley N° 19.970 que Crea el Sistema Nacional de Registros de ADN; el DS N° 634/2008, del Ministerio de Justicia, sobre Reglamento de la ley N° 19.970; lo dispuesto en el inciso final del artículo N° 199 bis del Código Procesal Penal; las facultades que me concede la ley N° 20.065, sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico Legal, y lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.- Que, en su inciso final el artículo N° 199 bis del Código Procesal Penal, señala que Las instituciones acreditadas constarán en una nómina que, en conformidad a lo dispuesto en el Reglamento, publicará el Servicio Médico Legal en el Diario Oficial;
II.- Que, el artículo N° 21 de la ley N° 19.970, remite a su respectivo Reglamento la regulación de los requisitos y condiciones que deberán cumplir las instituciones públicas o privadas que deseen acreditar ante el Servicio Médico Legal su idoneidad para determinar huellas genéticas e incorporarlas en el sistema, de acuerdo a lo previsto en el artículo N° 199 bis del Código Procesal Penal;
III.- Que, el artículo 27 del Reglamento de la ley 19.970, en conformidad con las normas citadas en los números que anteceden, en su inciso segundo indica Una nómina de instituciones acreditadas conforme a lo dispuesto en el inciso anterior, se publicará en el Diario Oficial, por el SML;
IV.- Que, en virtud de la resolución exenta N° 6.400, de esta Dirección Nacional, con fecha 13 de julio de 2009, se acreditó la Sección Química y Física del Laboratorio de Criminalística Regional La Serena de la Policía de Investigaciones de Chile, para la determinación de Huellas Genéticas según lo indicado por la ley N° 19.970 y su Reglamento;
V.- Que, en virtud de la resolución exenta N° 4.674, de esta Dirección Nacional, de fecha 28 de mayo de 2010, se acreditó al Laboratorio de Biología Molecular del Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile, para determinación de Huellas Genéticas según lo indicado por la ley N° 19.970 y su Reglamento, dejándose sin efecto la resolución exenta N° 10.329, de fecha 4 de diciembre de 2008;
VI.- Que, en virtud de la resolución exenta N° 5.588, de esta Dirección Nacional, de fecha 10 de mayo de 2011, se acreditó la Sección de Física y Química, Laboratorio de Criminalística Regional Puerto Montt de la Policía de Investigaciones de Chile, para la determinación de Huellas Genéticas según lo indicado por la ley N° 19.970 y su Reglamento;
VII.- Que, en virtud de la resolución exenta N° 13.662, de esta Dirección Nacional, de fecha 21 de diciembre de 2011, se acreditó la Sección Bioquímica y Biología del Laboratorio de Criminalística Central de la Policía de Investigaciones de Chile, para la determinación de Huellas Genéticas según lo indicado por el artículo N° 199 bis del Código Procesal Penal, la ley N° 19.970 que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN y su Reglamento;
VIII.- Que, en virtud de la resolución exenta N° 5.310, de esta Dirección Nacional, de fecha 23 de septiembre de 2015, se acreditó el Laboratorio de determinación de Huella Genética del Laboratorio de Criminalística Regional Punta Arenas de la Policía de Investigaciones de Chile, para la determinación de Huellas Genéticas según lo indicado por la ley N° 19.970 que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN y su Reglamento;
IX.- Que, en virtud de la resolución exenta N° 6.630, de esta Dirección Nacional, de fecha 3 de diciembre de 2015, se acreditó el Laboratorio de Genética Forense de la Sección de Criminalística Antofagasta del Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile, para la determinación de Huellas Genéticas según lo indicado por la ley N° 19.970 que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN y su Reglamento;
X.- Que, en virtud de la resolución exenta N° 3.099, de esta Dirección Nacional, de fecha 9 de junio de 2016, se acreditó el Laboratorio de la Sección de Bioquímica y Biología del Laboratorio de Criminalística Regional Concepción de la Policía de Investigaciones de Chile, para la determinación de Huellas Genéticas según lo indicado por la ley N° 19.970 que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN y su Reglamento;
XI.- Que, atendido lo señalado en las normas indicadas precedentemente corresponde fijar y publicar en el Diario Oficial una nómina de las instituciones acreditadas a la fecha.

Resuelvo:

I.- Fíjase la siguiente nómina de Laboratorios acreditados para determinar Huellas Genéticas a la fecha de la presente resolución, para los fines descritos en el artículo 199 bis del Código Procesal Penal y la ley N° 19.970 y su Reglamento.



II.- Déjese sin efecto resolución exenta N° 6.898, de fecha 18 de diciembre de 2015, y cualquier otra anterior a la fecha de esta resolución exenta que trate la misma materia.
III.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.

Anótese, comutúquese y publíquese.- Jorge Rubio Kinast, Director Nacional, Servicio Médico Legal.




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