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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEFENSORIA PENAL PUBLICA


DO 1775433 2020


(CVE 1775433)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Defensoría Penal Pública
FIJA NUEVO TEXTO REFUNDIDO DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS PARA LA LICITACIÓN PúBLICA DEL SERVICIO DE DEFENSA PENAL; Y ESTABLECE LO QUE INDICA
(Resolución)

Núm. 3.- Santiago, 5 de marzo de 2020.

Por resolución N° 3, de fecha 5 de marzo de 2020, y con toma de razón el día 17 de marzo del mismo año, la Defensoría Penal Pública ha fijado el Nuevo Texto Refundido de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos para la Licitación Pública del Servicio de Defensa Penal, y estableciendo lo que indica:

Vistos:

El DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en la ley N° 19.718, que crea la Defensoría Penal Pública; el Reglamento sobre Licitaciones y Prestación de Defensa Penal Pública, aprobado por DS N° 495, de 2002, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 19.886, de bases sobre contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento; el decreto supremo N° 14, de 2015, del Ministerio de Justicia, que nombra al suscrito como Defensor Nacional; el decreto supremo N° 1.085, de fecha 12 de diciembre de 2017, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que renueva nombramiento del suscrito en el cargo de Defensor Nacional a contar del 24 de diciembre de 2017; las resoluciones N°s. 7 y 8, de 2019, de Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

1. Que, la ley N°19.718, creó la Defensoría Penal Pública, estableciéndole como finalidad esencial la de satisfacer los requerimientos de defensa penal en el sistema de enjuiciamiento criminal, asegurando la prestación de los servicios de defensa penal pública a los imputados que carezcan de abogados, por cualquier razón, en crímenes, simples delitos y faltas que sean de la competencia de Juzgados de Garantía, de un Tribunal Oral en lo Penal o de las Cortes respectivas.
2. Que, desde el punto de vista normativo, la Constitución Política de la República, en su artículo 19 N° 3, asegura a todas las personas la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, estableciendo que toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale. Indica, además, que la ley arbitrará los medios para otorgar asesoramiento y defensa jurídica a quienes no puedan procurárselos. A su vez, los artículos 7 y 8 del Código Procesal Penal (CPP) señalan básicamente que, desde la primera actuación del procedimiento dirigido en su contra, la persona tiene derecho a ser defendida por un letrado, y que esta defensa técnica se extiende hasta la completa ejecución del fallo. Asimismo, el artículo 102 del CPP establece que el imputado tendrá derecho a designar libremente uno o más defensores de su confianza. Si no lo tuviere, el juez procederá a hacerlo, en los términos que señale la ley respectiva. El mismo Código, en sus artículos 466 y siguientes, contempla una normativa especial relativa a la ejecución de las condenas, estableciendo que durante la ejecución de la pena serán intervinientes ante el competente juez de garantía, el Ministerio Público, el imputado su defensor, y el delegado a cargo de la pena sustitutiva, según corresponda.
3. Que, la ley N° 19.718, ha dispuesto un sistema mixto de prestación de defensa que consiste en que la defensa penal pública se prestará por funcionarios pertenecientes al Servicio, denominados defensores locales y por defensores licitados, elegidos en procesos de licitación pública.
4. Que, existe la necesidad de llevar a cabo los procesos de licitación pública para la contratación de personas naturales y/o jurídicas que cuenten con abogados para el desarrollo de las tareas de defensa penal bajo el sistema de contratos para la prestación de defensa penal pública.
5. Que, durante el desarrollo y ejecución de los contratos adjudicados al amparo de las normas contenidas en las Bases Administrativas y Técnicas actualmente vigentes, se ha detectado la necesidad de introducir nuevas reformas al sistema de contratación del servicio.

Resuelvo:

1. Fíjase el siguiente nuevo texto de bases administrativas, técnicas y anexos para las licitaciones públicas del servicio de defensa penal, el que se transcribe en forma íntegra a continuación:

"BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS DE LICITACIONES DEL SERVICIO DE DEFENSA PENAL PúBLICA"

BASES ADMINISTRATIVAS

1 Introducción. Sobre el Servicio de Defensa Penal Pública; la Defensoría Penal Pública y la Naturaleza y Alcance de las Bases.
2 Disposiciones Generales. Sobre el objetivo de la licitación; la culminación del proceso de Licitación; la improcedencia de indemnizaciones; de quienes pueden participar en la licitación e incompatibilidades generales; del rol del Comité de Adjudicación Regional y de las Defensorías Regionales correspondientes; de las normas que rigen la licitación; de los documentos de la licitación; de la aceptación de las Bases; de los gastos de preparación y presentación de la propuesta; y del porcentaje de causas, requerimientos o población usuaria sobre las que se presentará propuesta.
3 Aspectos Generales del Procedimiento de Licitación. De la convocatoria; calendario; reunión informativa y técnica; de las consultas, respuestas y aclaraciones; las comunicaciones y plazos; recepción y apertura de ofertas y de la evaluación general de los defensores penales públicos.
4 Antecedentes Administrativos y Documentos de la Oferta. Sobre los documentos de licitación y responsabilidad en la entrega de antecedentes; de la garantía de seriedad de la oferta; de los antecedentes administrativos; de la oferta técnica y de la oferta económica, así como de la validez de las ofertas.
5 Presentación y apertura de la oferta. Describe la presentación de ofertas; la apertura de las mismas; regula el proceso de solicitud de aclaraciones de requisitos formales; del proceso de verificación de antecedentes administrativos y causales de rechazo inmediato de las propuestas; y de la propiedad de las ofertas.
6 Cumplimiento de Requisitos Formales, Evaluación y Selección de Ofertas. De la descripción general del proceso y aspectos a evaluar de las ofertas y su respectiva ponderación; de la evaluación de la oferta técnica; de la evaluación de la oferta económica y del puntaje de evaluación; de las propuestas inadmisibles; de la selección y adjudicación; de la formalización de la misma; los efectos de la adjudicación; de la licitación declarada desierta y de la declarada desierta parcialmente; y de los recursos.
7 Perfeccionamiento del Contrato. Del plazo y lugar de suscripción, así como de la evaluación del cumplimiento de las condiciones ofertadas, inhabilidades e incompatibilidades para contratar y de los requisitos para proceder a la suscripción del contrato; de la suscripción misma del contrato de prestación de defensa penal; de la garantía de adecuada prestación de los servicios licitados y fiel cumplimiento del contrato; del incumplimiento del adjudicatario; de la devolución de la garantía de seriedad de la oferta; de los sistemas de pagos y del sistema de nominación de abogados.
8 Del Contrato para la Prestación de Defensa Penal Pública. Señala los documentos integrantes del contrato; el plazo y vigencia del mismo; regula el conflicto de intereses y las limitaciones al ejercicio privado en la zona de licitación durante la ejecución del contrato; describe las obligaciones de los contratantes; el control y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones contractuales; especifica un régimen de reemplazos y sustituciones; regula la modificación y/o término de los contratos; establece las obligaciones a la terminación del mismo y la responsabilidad del prestador; de las infracciones que dan origen a la aplicación de multas y la determinación de la cuantía de las mismas; de las infracciones que dan origen al término anticipado del contrato; de la notificación y pago de multas y su proceso de reclamación; el registro de sanciones; el procedimiento de término anticipado del contrato y la prohibición de traspaso, cesión y subcontratación.
9 Evaluación, Fiscalización y Control de los Contratos. Regula los antecedentes; la emisión de informes; las objeciones y el carácter público de aquéllos; el sistema de inspecciones; las auditorías externas a que se sujetan los defensores penales públicos y las reclamaciones de los beneficiarios de la prestación.
10 Garantías. Define aspectos generales de las garantías y establece el Fondo de Reserva y la Garantía de Fiel Cumplimiento.

BASES TÉCNICAS

1. Del Llamado a Licitación: Número del llamado; aspectos de fondo; calendario de la licitación.
2. De las Ofertas: Contenido y presentación de las ofertas.
3. De la Evaluación de las Ofertas. Criterios de evaluación; cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta; evaluación de la oferta técnica y los criterios de evaluación que requieren de adhesión de los oferentes y los criterios que requieren de puntuación; la evaluación de la oferta económica y los criterios de evaluación que requieren puntuación.
4. Detalle de Criterios, Factores y Subfactores de Evaluación Técnica y Económica. Criterios de evaluación apoyo administrativo de los postulantes; permanencia y habitualidad en la región; número y dedicación de los abogados integrantes de la nómina; experiencia y calificación de los profesionales y costo del servicio a ser prestado.
5. Del Contrato: Actividades de preparación para iniciar ejecución del contrato; porcentaje de causas, requerimientos o población proyectada y trámite de causas o requerimientos simultáneos; traspaso de causas o requerimientos vigentes al inicio del contrato; rotación de abogados; capacitación y actividades enmarcadas en programas de calidad de vida laboral de la Defensoría Penal Pública y de las costas.

ANEXOS

Anexo 1. Del llamado a licitación para cada una de las zonas incluidas en el llamado regional.
Anexo 2. Formulario Oferta Técnica.
Anexo 3. Formulario de Presentación de Propuesta Económica.
Anexo 4-A. Modelo de Contrato de Prestación de Servicios de Defensa Penal Pública para pago fijo y variable.
Anexo 4-B. Modelo de Contrato de Prestación de Servicios de Defensa Penal Pública para pago fijo.
Anexo 5. Declaraciones Juradas.
Anexo 6. Carta Compromiso de Implementación de Infraestructura. Anexo 7. Carta Compromiso Profesional.
2. Establécese, que los contratos de prestación del servicio de defensa penal que hayan sido adjudicados al amparo de lo dispuesto por las Resoluciones Afectas N os 162, de 2015, 003, de 2017 y 26, de 2018, de esta Defensoría Nacional, que aprobaron textos anteriores de bases administrativas y técnicas generales y anexos para la licitación pública del servicio de defensa penal y penitenciaria, seguirán rigiéndose por sus disposiciones hasta su total término y finiquito; y
3. Publíquese, la presente resolución, una vez totalmente tramitada, en la página web institucional para así dar cumplimiento a la normativa de transparencia activa contenida en la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.

El texto completo de la presente resolución se encuentra a disposición del público, para su consulta, en las dependencias de la Defensoría Penal Pública y en su página web www.dpp.cl, en la sección Licitaciones.- Andrés Mahnke Malschafsky, Defensor Nacional.




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