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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION


DO 1828820 2020


(CVE 1828820)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Servicio de Registro Civil e Identificación
DELÉGASE EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ARCHIVO GENERAL Y EN LOS/LAS FUNCIONARIOS/AS DEL SUBDEPARTAMENTO DE REGISTRO CIVIL QUE SE INDIVIDUALIZAN, LA FACULTAD PARA FIRMAR ÓRDENES DE SERVICIO Y OTROS DOCUMENTOS, Y DÉJASE SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA QUE INDICA
(Resolución)

Santiago, 28 de septiembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 342 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en los artículos 4° N° 7, y 7° letras e), f), k), o), r) y v) de la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en la ley N° 4.808, sobre Registro Civil; en el DFL N° 2.128, de 1930, del Ministerio de Justicia, que Aprueba Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil; en la ley N° 21.120, que Reconoce y Da Protección al Derecho a la Identidad de Género; en los dictámenes N° 10.053 y N° 34.583, ambos de 2009, de la Contraloría General de la República, sobre la posibilidad que los funcionarios a contrata de este Servicio puedan realizar labores de Jefatura, y en la resolución N° 7, de 2019, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón, también de ese órgano de control.

Considerando:
1.- Que, por resolución exenta N° 101, de fecha 8 de marzo de 2016, Delégase en el Jefe de Departamento Archivo General y en los/las funcionarios/as del Subdepartamento de Registro Civil que se individualizan, la facultad para firmar Órdenes de Servicio y otros documentos, y déjase sin efecto en su parte pertinente la resolución exenta que indica, se delegó en el Jefe del Departamento Archivo General y en las personas que se indican, la facultad de firmar Órdenes de Servicio y otros documentos con respecto a las materias que en la misma se describen.
2.- Que, lo anterior resulta concordante con los dictámenes N° 10.053 y N° 34.583, ambos de 2009, de la Contraloría General de la República, los cuales señalan que el personal a contrata del Servicio de Registro Civil e Identificación puede desempeñar funciones de carácter directivo, asignadas o delegadas mediante resolución fundada del Jefe del Servicio.
3.- Que, a su turno, la Contraloría General de la República en el referido dictamen N° 10.053, de 2009, ha señalado que ante la ausencia de un funcionario, resulta factible la designación de otro servidor en su lugar, ya que ello obedece a una asignación de funciones para efectos de mantener la continuidad en las labores desarrolladas por el Servicio y, en efecto, permite dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 3° y 28 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
4.- Que, durante la vigencia de la resolución citada en el considerando anterior, se han producido cambios de diversa naturaleza, lo que hace necesario actualizar su contenido, y 5.- Que, se ha determinado que resulta más conveniente a los intereses del Servicio, dictar una resolución exenta separada, para cada uno de los Subdepartamentos y Unidades que dependen del Departamento Archivo General, a fin de dejar sin efecto, en el evento que se requiera, solo aquella resolución exenta que debe ser objeto de actualización.

Resuelvo:
I. Delégase, indistintamente y a contar de la fecha de la total tramitación de la presente resolución, en el Jefe del Departamento Archivo General (S), don Víctor Manuel Rebolledo Salas, RUN N° 13.070.754-8, Profesional, grado 4° de la EUS, y en quien lo subrogue; en el Jefe del Subdepartamento de Registro Civil, don Héctor Manuel Cofré Valdés, RUN N° 9.855.178-6, Profesional, grado 5° de la EUS, y en quien lo subrogue, en doña Adelaida de las Mercedes Fernández Mella, RUN N° 9.386.353-4, Profesional, grado 10° de la EUS, en doña Lady Alejandra Herrera Fuenzalida, RUN N° 8.165.989-3, Profesional, grado 8° de la EUS, en doña Deborah Irene Ritter Prieto, RUN N° 12.584,511-8, Profesional, grado 8° de la EUS, en doña Elisa Soledad Abusada Muñoz, RUN N° 7.819.010-8, Profesional, grado 6° de la EUS, y en doña Leticia Labarra López, RUN N° 8.037.683-9, Técnico, grado 10° de la EUS, la facultad para firmar bajo la fórmula Por orden del Director Nacional, las Órdenes de Servicio, que se dicten en ese Subdepartamento respecto de las siguientes materias:

1.- Órdenes de Servicio del Subdepartamento de Registro Civil sobre Rectificación, Reconstitución, Sustitución y Cancelación de los Registros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción:

i.- Órdenes de Servicio que reconstituyan, sustituyan, cancelen o rectifiquen en general, las inscripciones de nacimiento, matrimonio y defunción que contengan omisiones o errores manifiestos, de conformidad con lo dispuesto en las letras e) y f) del artículo 7 de la ley 19.477 y en el artículo 17 de la ley N° 4.808, sobre Registro Civil.
ii.- Órdenes de Servicio que autoricen a los Oficiales Civiles o a los funcionarios a cargo de los Registros, para completar la omisión de la firma del Oficial del Registro Civil en una o más inscripciones o subinscripciones o en antecedentes de las mismas, previa comprobación de su autenticidad y pureza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la ley N° 4.808, sobre Registro Civil.

2.- Órdenes de Servicio que rectifiquen inscripciones de nacimiento en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la ley N° 21.120 que Reconoce y da Protección al Derecho a la Identidad de Género, y en el artículo 5° del decreto supremo N° 355, de 2019, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Aprueba Reglamento que Regula el Procedimiento Administrativo de Rectificación de Partidas de Nacimiento ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, de conformidad a la ley N° 21.120, que Reconoce y Da Protección al Derecho a la Identidad de Género.

II. Delégase, indistintamente y a contar de la fecha de la total tramitación de la presente resolución, en atención con lo dispuesto en el artículo 4° numeral 7, y letras o) y r) del artículo 7° de la Ley N° 19.477; Orgánica de este Servicio; en los artículos 20 y 24 de la ley N° 4.808; en el artículo 11 de la ley N° 21.120, que Reconoce y da Protección al Derecho a la Identidad de Género; y en los artículos 211 y 216 del DFL N° 2.128, de 1930, en el Jefe del Departamento Archivo General (S), don Víctor Manuel Rebolledo Salas, RUN N° 13.070.754-8, Profesional, grado 4° de la EUS, y en quien lo subrogue, la facultad para dictar y firmar bajo la fórmula Por orden del Director Nacional, la resolución exenta, como su revocación y complemento, que contenga la nómina de los/as funcionarios/as del Subdepartamento de Registro, Civil, que estarán facultados/as para autorizar o firmar los certificados u otros documentos de los Registros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción.
III. Facúltese a contar de la fecha de la total tramitación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° numeral 7, y letras o) y r) del artículo 7 de la Ley N° 19.477, Orgánica de este Servicio; en los artículos 17, 20, 21 y 24 de la ley N° 4.808; y en los artículos 211 y 216 del DFL N° 2.128, de 1930, al Jefe del Departamento Archivo General (S), don Víctor Manuel Rebolledo Salas, RUN N° 13.070.754-8, Profesional, grado 4° de la EUS, y en quien lo subrogue, para firmar los documentos, informes y certificados que a continuación se señalan:

1.- Documentos respecto del Registro de Nacimiento
i. Autorización de partidas rectificadas.
ii. Cancelación de partidas de nacimiento.
iii. Certificado de nacimiento.
iv. Fotocopias de partidas y subinscripciones.

2.- Documentos respecto del Registro de Matrimonio
i. Autorización de partidas rectificadas.
ii. Cancelación de partidas de matrimonio.
iii. Certificado de matrimonio.
iv. Libretas de Matrimonio.
v. Fotocopias de partidas y subinscripciones.

3.- Documentos respecto del Registro de Defunción
i. Autorización de partidas rectificadas.
ii. Cancelación de partidas de matrimonio.
iii. Certificado de defunción.
iv. Fotocopias de partidas y subinscripciones.

IV. Déjese sin efecto, a contar de la fecha de la total tramitación de la presente resolución, la resolución exenta N° 43, de fecha 7 de febrero de 2020.

Anótese y publíquese.- Jorge Álvarez Vásquez, Director Nacional.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Francisca Moreno Durán, Jefa de Departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas (S).




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