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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SERVICIO NACIONAL DE MENORES


DO 1858368 2020


(CVE 1858368)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Servicio Nacional de Menores
Región de Los Lagos
DESIGNA ADMINISTRADORA PROVISIONAL PARA EL PROYECTO DENOMINADO REM-PER SANTA MÓNICA DE ANCUD, EJECUTADO POR LA SOCIEDAD DE ASISTENCIA Y CAPACITACIÓN/LA PROTECTORA DE LA INFANCIA, EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS
(Resolución)

Núm. 397/B exenta.- Puerto Montt, 16 de noviembre de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley del Ministerio Secretaría General de la República N°1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, de Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley N° 2.465, de 1979, que crea el Servicio Nacional de Menores y fija el texto de su Ley Orgánica; en el decreto supremo N° 356, de 1980, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Reglamento del Servicio Nacional de Menores; en la ley N° 20.032, que establece sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores de Sename, y su régimen de subvención; en la Ley N° 21.140; en el decreto supremo N° 841, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba Reglamento de la ley 20.032; en las resoluciones exentas N°107/B y 108/B de 14 de marzo de 2019, ambas de esta Dirección Regional; en la resolución exenta N° 32/B, de 2007 y resolución exenta 27, de 14 de septiembre de 2018, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Menores; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:

1° Que, el Servicio Nacional de Menores es un organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya misión es contribuir a proteger y promover los derechos de niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en el ejercicio de los mismos y a la reinserción social de adolescentes que han infringido la ley penal, correspondiéndole especialmente diseñar y mantener una oferta de programas especializados destinados a la atención de niños, niñas y adolescentes, así como estimular, orientar, supervisar y fiscalizar técnica y financieramente la labor que desarrollan las instituciones públicas o privadas que tengan la calidad de colaboradores acreditados.
2° Que, la ley N° 20.032, que establece el Sistema de atención a la niñez y adolescencia través de la red de colaboradores acreditados de Sename, y su régimen de subvención, y el decreto supremo N° 841, de 2005, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba el Reglamento de la referida ley, son los textos normativos, que constituyen el marco regulador del sistema de atención a la niñez y adolescencia, que se presta a través de la red de colaboradores acreditados del Servicio.
3° Que, la Sociedad de Asistencia y Capacitación/La Protectora de la Infancia, es un Organismo Colaborador Acreditado de las funciones del Sename, que ejecuta el proyecto denominado RPM PER Santa Mónica de Ancud, cuyas prórrogas y modificaciones de convenios fueron aprobados a través de las resoluciones exentas de la Dirección Regional de la Región de Los Lagos N°s 107/B y 108/B, ambas de fecha 14 de marzo de 2019, los convenios primitivos fueron aprobados por resoluciones exentas 385/B y 386/B, ambas del 27 de diciembre de 2016. Las prórrogas y modificaciones de convenios actuales expiran su vigencia el día 1 de enero del año 2021.
4° Que, con fecha 12 de noviembre del corriente, mediante la resolución del Juzgado de Familia de la ciudad de Ancud, en RIT P-318-2020 se resuelve lo siguiente: Por estas consideraciones y teniendo además lo dispuesto en los artículos pertinentes, de la ley N° 19.968, Convención Internacional de los Derechos del Niño, artículo 3 N° 11, 16 del decreto ley N° 2.465, 35 y siguientes del decreto ley 356 y demás normas que fueran aplicables, se declara: Que se accede a la solicitud efectuada por el Servicio Nacional de Menores y en consecuencia de conceder la Administración Provisional de la Residencia Santa Mónica, dependiente de la Fundación Protectora de la Infancia, a la Dirección Regional del Servicio Nacional de Menores, por el término de dos meses, conforme a la ley y reglamento. Lo resuelto se deberá cumplir de inmediato, debiendo el Servicio Nacional de Menores mantener informado a este Tribunal del cumplimiento de esta gestión en forma quincenal. Comuníquese lo resuelto al Presidente de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt don Patricio Rondini Fernández-Dávila, al señor Ministro, encargado de la Unidad de apoyo de la reforma de Familia de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt, don Jaime Meza Sáez, al Centro de Observación y Cumplimiento de medida de protección.
5° Que, en cumplimiento a lo ordenado por resolución judicial de fecha 12 de noviembre de 2020, del Tribunal de Familia de Ancud, conforme con lo dispuesto en el artículo 36 del decreto supremo N° 356, de 1980, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que contiene el Reglamento del Servicio Nacional de Menores, esta Directora Regional de la Región de Los Lagos, viene en delegar facultades para ejecutar la administración provisional del proyecto denominado REM PER Santa Mónica de Ancud, desarrollado por la Sociedad de Asistencia y Capacitación La Protectora, ubicado en calle Almirante La Torre N°833 de la ciudad de Ancud en doña Graciela Loretto Mayorga Reyes, RUN N°10.113.069-K, Asistente Social, profesional a contrata, grado 8° de la EUS, bajo dependencia de la Dirección Regional de Sename, Región de Los Lagos, quien tendrá las facultades y deberes establecidas en el artículo 39 del precitado Reglamento, a partir del día miércoles 18 de noviembre de 2020.

Resuelvo:

1° Desígnese como Administradora Provisional del proyecto denominado REM PER Santa Mónica de Ancud, ejecutado por la Sociedad de Asistencia y Capacitación /La Protectora de la Infancia a la funcionaria pública de esta Dirección Regional de Sename Los Lagos, doña Graciela Loretto Mayorga Reyes, profesional, a contrata, grado 8° de la EUS; quien tendrá las facultades y deberes establecidos en el artículo 39 del precitado Reglamento, a partir del día miércoles 18 de noviembre de 2020 y hasta el día 12 de enero de 2021.
2° Comuníquese la presente resolución exenta, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Tribunal que dispuso la administración provisional, esto es al Centro de Observación, Control y Cumplimiento de Medidas Cautelares de Puerto Montt, y al representante legal de la Sociedad de Asistencia y Capacitación/La Protectora de la Infancia.

Anótese, notifíquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Lilian Peña Castillo, Directora Regional, Servicio Nacional de Menores, Región de Los Lagos.




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