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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2006


REAJUSTA MONTOS DE LOS DERECHOS EN LAS ACTUACIONES DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION DE ACUERDO A LA LEY N° 18.290 Y REAJUSTA EL MONTO DE LOS DERECHOS Y VALORES DE LAS DEMAS ACTUACIONES Y DOCUMENTOS QUE SEÑALA
Santiago, 12 de mayo de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.561 exento.- Vistos: La facultad que me confiere el artículo 32 N°6 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y lo dispuesto en el artículo 44° y 219° de la ley N°18.290, de 1984; en el N° 10 del artículo 1° del D.S. N°19, de 22 de enero de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y los decretos exentos N°s 856, de 1991; 560, de 1992; 319, de 1993; 431, de 1994; 254, de 1995; 271, de 1996; 168, de 1997; 684, de 1998; 394 de 1999; 407 de 2000, 308 de 2001; 265, de 2001,408 y 676, de 2003;1.124 y 2.239, de 2004, y 1.544, de 2005, todos del Ministerio de Justicia, y lo previsto en la resolución N° 520, de 1996, y sus posteriores modificaciones, de la Contraloría General de la República,
Considerando:
a) Que de conformidad a la información oficial del Instituto Nacional de Estadísticas, el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1° de marzo de 2005 y el 28 de febrero de 2006, varió en un 4,08%; y entre el 1° de febrero de 2005 y el 28 de febrero de 2006 en un 3,98%.
b) Que de acuerdo a lo establecido en los Vistos anteriores, el Supremo Gobierno está facultado para reajustar prudencialmente el monto de las actuaciones y documentos que el Servicio de Registro Civil e Identificación efectúe u otorgue, en relación con la ley N° 18.290, dentro de la limitación porcentual antes indicada,
Decreto:
Artículo 1°. Reajústase el monto de los derechos y valores de las actuaciones y documentos que se señalan, que el Servicio de Registro Civil e Identificación efectúe u otorgue conforme a la ley N°18.290, fijándose sus nuevos valores en las cantidades que se indican a continuación, los cuales podrán elevarse a la decena superior:
MontoMonto
AnteriorNuevo
1.-Inscripción de dominio en Registro de Vehículos
Motorizados, incluyendo el correspondiente certificado
y la inscripción de dominio en el Registro Especial de
Remolques y Semirremolques, incluyendo el respectivo
certificado.$ 24.410$ 25.410
2.-Anotaciones de transferencias de vehículos usados en
el Registro de Vehículos Motorizados, incluyendo el
correspondiente certificado.$ 17.080$ 17.780
3.-Otras anotaciones, alzamientos, cancelaciones de
gravámenes, prohibiciones, embargos y medidas precautorias.$ 2.650$ 2.760
4.-Certificación y autorización de la declaración conjunta que
acredite el acto consensual que sirvió de título a la
transferencia.$ 4.170$ 4.340
5.-Certificados de hechos o actuaciones que contenga el
Registro de Vehículos Motorizados.$ 660$ 690
6.-Duplicado de certificado de inscripción de dominio.$ 660$ 690
7.-Placa Patente Unica de vehículos (el par).$ 12.230$ 12.730
8.-Placa Patente Unica de motocicletas, motonetas y bicimotos
(el par).$ 6.140$ 6.400
9.-Duplicado de la Placa Patente Unica (la unidad).$ 5.430$ 5.660

Artículo 2°. Fíjase en $520 el valor de la fotocopia de documentos fundantes de inscripción y la impresión de copias de solicitudes de inscripción.
Artículo 3°. Reajústase el monto que se cobra por la eliminación de cada una de las anotaciones de sentencias ejecutoriadas de condena por infracciones gravísimas o graves, contenidas en el Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados, señalado en el artículo 1° del decreto supremo N° 1.124, de 2004, del Ministerio de Justicia, fijándose su nuevo valor en $2.750.
Artículo 4°. Los nuevos valores regirán a contar del día primero del mes siguiente a la publicación de este decreto en el Diario Oficial.
Anótese, publíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Isidro Solís Palma, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Barahona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.




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