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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2008


Ministerio de Justicia
PRORROGA FECHA DE VENCIMIENTO DE CÉDULAS DE IDENTIDAD
Santiago, 10 de octubre de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 682.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; lo dispuesto en el decreto supremo N° 773, de 1997, del Ministerio de Justicia, que establece forma de determinar fecha de vencimiento de cédula nacional de identidad; decreto ley N° 3.346, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y en el decreto N° 1.597, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia, ambos de 1980; en la ley N° 19.477, de 1996, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto ley N° 1.268, de 1975, del Ministerio de Justicia, que fija normas sobre agilización del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto ley N°1.094, de 1975, del Ministerio del Interior, que establece normas sobre extranjeros en Chile; en el decreto supremo N°597, de 1984, del Ministerio del Interior, que Aprueba Nuevo Reglamento de Extranjería; en el oficio ord. N° 0896 de 25 de septiembre de 2008, de la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, y en la resolución N° 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y sus posteriores modificaciones,
Considerando:
1.- El interés nacional en favorecer la participación ciudadana en el próximo proceso de elección municipal, a efectuarse el día 26 de octubre del año 2008.
2.- La consiguiente necesidad de extender el plazo de la vigencia de las cédulas de identidad de vencimiento próximo.
3.- Que la extensión de la vigencia de las cédulas de identidad, sólo puede aplicarse a los chilenos, ya que la vigencia de las cédulas de identidad para extranjeros está condicionada a la fecha en que expira el tipo de visa que le hubiere sido otorgada por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior,
Decreto:
Artículo único: Prorrógase hasta el día 26 de octubre de 2008, inclusive, la fecha de vencimiento de las cédulas de identidad para chilenos, que se encuentren vencidas o que caduquen antes de la fecha indicada, para el solo efecto de ejercer el derecho a sufragio en el proceso eleccionario municipal a llevarse a cabo el día mencionado.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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