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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2009


Ministerio de Justicia
FIJA NUEVO ARANCEL MÁXIMO QUE PODRÁN PERCIBIR LOS MEDIADORES INSCRITOS EN EL REGISTRO DE MEDIADORES DE LA LEY 19.968
Santiago, 21 de abril de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.556 exento.- Vistos: Lo dispuesto en el D.F.L. N°1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.968, de 2004, que crea los Tribunales de Familia; en el decreto supremo de Justicia N° 957, de 2005, que Aprueba Normas Reglamentarias Necesarias para la Ejecución de la ley N° 19.968; en el decreto ley N° 3.346, de 1980, que Fija el Texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto supremo de Justicia N° 1.597, de 1981, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia, y en la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que la Ley N° 19.968, de 2005, que crea los Tribunales de Familia, establece en su título V, que los servicios de mediación respecto de las materias que no son de mediación previa, serán de costo de las partes y tendrán como valores máximos los que contemple el arancel que anualmente se determinará mediante decreto del Ministerio de Justicia.
2.- Que, al efecto, el Reglamento de la Ley de Tribunales de Familia reafirma lo anteriormente expuesto y señala los factores que deben considerarse para su determinación.
3.- Que el arancel máximo que por este acto se fija ha sido determinado de acuerdo al análisis de los precios del mercado, respecto de los referidos servicios de mediación y las variaciones experimentadas por el Índice de Precios al Consumidor,
Decreto:
Fíjese el nuevo arancel máximo que pueden percibir los mediadores inscritos en el Registro de Mediadores que establece la ley N° 19.968, y su Reglamento, en la suma de $47.772 (cuarenta y siete mil setecientos setenta y dos pesos) por cada sesión realizada durante un proceso de mediación.
Anótese, publíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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