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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2009


Ministerio de Justicia
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
APRUEBA TEXTO OFICIAL DEL CÓDIGO SANITARIO
Santiago, 16 de septiembre de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.478 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado a través del decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado; fue fijado por el D.F.L. N° 1/19.653, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos 7°, 9°, 13, 14 y 24 de la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el artículo 2°, letra r) del decreto ley N° 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el artículo 2° letra r) del decreto supremo N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 2° de la ley N° 8.828, de 1947; en el decreto supremo N° 4.862, de 1959, del Ministerio de Justicia; la facultad conferida en el decreto supremo N° 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, del año 2001; en los decretos N° 206 y N° 157 del Ministerio de Salud, ambos de 2007; en los decretos N° 61, N° 189 y N° 867, del Ministerio de Salud, todos de 2008; en el decreto N° 230, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 2008; en el decreto N°58, del Ministerio de Salud, de 2009; en la ley N° 20.308, de 2008; en la sentencia del Tribunal Constitucional, dictada en autos Rol N° 1.345, de 25 de mayo de 2009; en el oficio ordinario N° 6, de 2009, de la "Comisión de Códigos de la Editorial Jurídica de Chile", y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y,
Considerando:
1.- Que conforme a lo establecido en el artículo 2° letra r) del decreto ley N° 3.346, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia, es función de esta Secretaría de Estado aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus ediciones oficiales.
2.- Que tomando en cuenta los principios generales de Eficiencia y Eficacia que informan el actuar de los órganos de la Administración del Estado, contemplados en la ley N°18.575, y de Celeridad, Economía Procedimental y No formalización, consignados en la ley N° 19.880, y dada la importancia que reviste la edición oficial del Código Sanitario en el ámbito judicial, académico y administrativo, entre otros, resulta necesaria entonces, su más pronta y oportuna aprobación.
3.- Que de acuerdo a lo dispuesto en la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la aprobación de los textos oficiales de los códigos se encuentra exenta del trámite de toma de razón,
Decreto:
Artículo 1°. Apruébase como oficial el texto de la décimo tercera edición del Código Sanitario, actualizado a esta fecha por la Editorial Jurídica de Chile.
Artículo 2°. Un ejemplar de dicho texto, autorizado por las firmas de la Presidenta de la República y del Ministro de Justicia, se depositará en el Ministerio de Justicia, en cada una de las ramas del Congreso Nacional y en la Contraloría General de la República, respectivamente.
Este texto se tendrá por el auténtico del Código Sanitario y a él deberán conformarse las demás ediciones y publicaciones que del expresado Código se hagan.
Artículo 3°. La Editorial Jurídica de Chile procederá a dar cumplimiento a la obligación que le impone el artículo 4° del decreto supremo N° 4.862, de 1959, del Ministerio de Justicia, con respecto a todas las ediciones del citado Código que en virtud de dicho Reglamento y del presente decreto tengan carácter de oficial.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saludad atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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