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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2011


Ministerio de Justicia
DECLARA PARCIALMENTE DESTRUIDOS LOS REGISTROS QUE INDICA DEL CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE PENCO
Santiago, 7 de febrero de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 92.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 1° y 20° de la ley N° 16.665; en el artículo 446 del Código Orgánico de Tribunales, y
Considerando:
1.- Que, producto del terremoto y posterior tsunami registrados en la zona centro sur del país el día 27 de febrero de 2010, el oficio del Conservador de Bienes Raíces de Penco resultó con parte de los libros, registros y documentos a su cargo parcialmente destruidos y/o inutilizados; hecho de público conocimiento y que consta además en informe remitido a la Excma. Corte Suprema por la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción, mediante oficios N° 330, de 24 de noviembre de 2010 y N° 365, de 22 de diciembre de 2010;
2.- Que al tenor de los antecedentes remitidos por la Excma. Corte Suprema, mediante su oficio N° 49 de 19 de enero de 2011, algunos registros fueron parcialmente destruidos, y considerando la urgente necesidad de dar continuidad al servicio en tiempos de reconstrucción, se ha estimado necesario adoptar las medidas conducentes a abordar la situación de la totalidad de las inscripciones afectadas en los Registros a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Penco;
3.- Que consultada en los términos señalados en el inciso 2° del artículo 1° de la ley 16.665, la Excma. Corte Suprema, mediante acuerdo de su Tribunal Pleno, de fecha 17 de enero de 2011, manifestó no ver inconveniente para la dictación del presente decreto supremo.
4.- Que para la aplicación de la ley N° 16.665 es necesario que el Presidente de la República, previo informe de la Corte Suprema, dé por establecido el hecho de la destrucción del Registro cuyas inscripciones se trata de reconstituir, mediante decreto supremo fundado cuya copia deberá agregarse al final del Registro respectivo.
Decreto:
Artículo único: Decláranse parcialmente destruidas las inscripciones que se señalan de los Registros que se indican del Conservador de Bienes Raíces de Penco, correspondientes a los años que se individualizan:
Registro Propiedad
Tomo II:Fojas 495 N° 297/2008
Fojas 497N° 298/2008
Fojas 498 N° 299/2008
Fojas 499 N° 300/2008
Fojas 500 N° 301/2008
Fojas 502 N° 302/2008
Fojas 503 N° 303/2008
Fojas 519 N° 307/2008
Fojas 520 N° 308/2008
Fojas 538 N° 314/2008
Fojas 540 N° 315/2008
Fojas 543 N° 317/2008
Fojas 546 N° 320/2008
Fojas 576 N° 338/2008
Tomo III:Fojas 715 N° 426/2008
Fojas 716 N° 427/2008
Fojas 717 N° 428/2008
Registro Hipotecas
Tomo II: Fojas 365 N° 222/2008
Fojas 397 N° 245/2008
Fojas 423 N° 260/2008
Fojas 424 N° 261/2008
Fojas 426 N° 263/2008
Fojas 427 N° 264/2008
Registro Hipotecas
Tomo I:Fojas 2 N° 1/2009
Registro Prohibiciones
Tomo I:Fojas 17 N° 16/2009
Registro Comercio
Tomo I:Fojas 46 N° 31/2008

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Patricia Pérez Goldberg, Ministra de Justicia (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Paulina González Vergara, Subsecretaria de Justicia (S).




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