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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2011


Ministerio de Justicia
CREA UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO EN LA COMUNA DE ANTOFAGASTA Y DISPONE SU FUNCIONAMIENTO
Santiago, 13 de julio de 2011.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 460.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 y en el artículo 35 de la Constitución Política de la República; en el artículo 2° letras c) y l) del decreto ley N° 3.346 de 1980, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en los artículos 11, 12 y 17 del decreto supremo N° 518, de 1998, del Ministerio de Justicia, que aprueba Reglamento de Establecimientos Penitenciarios; en los artículos 3° y 6° del decreto ley N° 2.859, de 1979, Ley Orgánica de Gendarmería; en el decreto supremo N° 900, de 1996, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 164, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Concesiones de Obras públicas; en el decreto supremo N° 956, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que establece el Reglamento del decreto con fuerza de ley N° 164, de 1991, Ley de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas; en el decreto supremo N° 119, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, que adjudicó el contrato de concesión para la habilitación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 2; en el oficio Ord. N° 926, de 7 de abril de 2011, del Director Nacional de Gendarmería de Chile; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1°.- Que, en el marco del proceso de modernización y mejoramiento del sistema penitenciario chileno, se hace necesario ejecutar medidas tendientes a superar el déficit de infraestructura penitenciaria y a reformular los estándares de los recintos penitenciarios del país, a fin de resguardar los derechos de los internos.
2°.- Que, conforme a lo anteriormente expuesto, se requiere contar con adecuados niveles de segregación de los reclusos, en dependencias que permitan desarrollar programas de reinserción social acordes a las necesidades de la población penal.
3°.- Que, como forma de optimizar los recursos del Estado en materia penitenciaria, se ha recurrido al mecanismo de concesiones de obra pública, a fin de aumentar y mejorar la infraestructura penitenciaria a través de la construcción de varias unidades penales.
Decreto:
1°.- Créase al interior del inmueble de propiedad fiscal, ubicado en el sector Salar del Carmen, comuna y provincia de Antofagasta, destinado al Ministerio de Justicia - Secretaría Regional Ministerial de Justicia II Región de Antofagasta, mediante resolución exenta N° 777, de 2001, de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Antofagasta, un establecimiento penitenciario denominado Centro de Cumplimiento Penitenciario de Antofagasta.
2°.- El establecimiento que se crea, tendrá la categoría o calidad administrativa de Centro de Cumplimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y estará destinado a la atención, custodia y vigilancia de hombres condenados.
3°.- Su administración interna se regirá por lo establecido en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, decreto supremo N° 518, de 1998, del Ministerio de Justicia, y sus modificaciones; por las normas ordinarias y generales que regulan el funcionamiento interno de los establecimientos penitenciarios, y por las resoluciones que se dicten para tal efecto por el Director Nacional de Gendarmería de Chile.
4°.- Su estructura orgánica y dotación de personal será determinada por resolución del Director Nacional de Gendarmería de Chile.
5°.- La recepción y atención de los internos sólo podrá verificarse a contar de la fecha de la resolución mediante la cual el Director General de Obras Públicas declara la habilitación del establecimiento penitenciario, conforme lo señala el D.S. N° 119, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricia Pérez Goldberg, Subsecretaria de Justicia.




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