Ministerio de Justicia
DESIGNA SUBROGANTES EN EL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Santiago, 10 de febrero de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 891 exento.- Vistos: Estos antecedentes y lo dispuesto en el D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar Por orden del Presidente de la República; en el decreto N° 327, de 2005, del Ministerio de Justicia, que designa subrogantes en el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Menores; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y en el Ord N° 799, de 6 de febrero de 2012, del Director Nacional Subrogante del Servicio Nacional de Menores.
Considerando:
1. Que mediante decreto N° 327, de 2005, del Ministerio de Justicia, se designó el orden de subrogancia para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Menores.
2. Que en virtud del Ord. N° 799, de 6 de febrero de 2012, el Director Nacional Subrogante del Servicio Nacional de Menores solicitó modificar el orden de subrogancia para el cargo ya señalado.
Decreto:
1. Desígnase, a contar del 1 de febrero de 2012, a las personas que se indican, en el Servicio Nacional de Menores como subrogantes en el cargo de Director Nacional, en caso de ausencia o impedimento del titular, en el orden de precedencia que a continuación se indica:
Primer Subrogante: Quien sirva, en calidad de titular, el cargo Jefe/a del Departamento Técnico, Planta, Directivo, Grado 4° de la E.U.S. del Servicio Nacional de Menores.
Segundo Subrogante: Quien sirva, en calidad de titular, el cargo de Jefe/a del Departamento Jurídico, Planta, Directivo, Grado 4° de la E.U.S. del Servicio Nacional de Menores.
Tercer Subrogante: Quien sirva, en calidad de titular, el cargo de Jefe/a del Departamento de Programación, Planta, Directivo, Grado 4° de la E.U.S. del Servicio Nacional de Menores.
2. Déjase establecido que las personas individualizadas precedentemente se encuentran facultadas para asumir la señalada subrogancia a contar de la fecha indicada en este acto administrativo por razones de buen servicio, sin esperar la total tramitación del presente decreto exento.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese este decreto exento, con los antecedentes que correspondan, para ulterior examen de la Contraloría General de la República.- Por orden del Presidente de la República, Patricia Pérez Goldberg, Ministra de Justicia (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Sebastián Valenzuela Agüero, Subsecretario de Justicia (S).