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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2014


Ministerio de Justicia
CREA CENTRO DE EDUCACIÓN Y TRABAJO CERRADO EN EL CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO DE COLLIPULLI
Santiago, 28 de abril de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 364.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto ley N° 3.346, de 1980, que Fija el Texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto ley N° 2.859, de 1979, que Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; en el decreto N° 943, del Ministerio de Justicia, de 2011, que Aprueba Reglamento que Establece un Estatuto Laboral y de Formación para el Trabajo Penitenciario; en el decreto N° 518, del Ministerio de Justicia, de 1998, que aprueba Reglamento de Establecimientos Penitenciarios; el decreto supremo N° xxxx, de 2014, del Ministerio de Justicia, que crea el "Centro de Cumplimiento Penitenciario de Collipulli"; el Informe Técnico de Gendarmería de Chile, denominado "Proyecto o Estudio Técnico para la Creación del Centro de Educación y Trabajo Cerrado en el Centro de Detención Preventiva de Collipulli"; el oficio ordinario N° 14.00.00.564, de 22 de abril de 2014, del Director Nacional de Gendarmería de Chile, que solicita la Creación de un Centro de Educación y Trabajo Cerrado; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 del decreto N° 943, de 2010, del Ministerio de Justicia, que aprueba el Reglamento que Establece un Estatuto Laboral y de Formación para el trabajo penitenciario, los centros de educación y trabajo son establecimientos penitenciarios destinados a contribuir en el proceso de reinserción social de las personas condenadas, proporcionando o facilitándoles trabajo regular y remunerado, capacitación o formación laboral, psicosocial y educación que sean necesarios para tal propósito, sin perjuicio que, en cumplimiento de este objetivo, puedan constituir unidades económicas productivas y comerciales de bienes y servicios.
2. Que, se requiere contar con Centros de Educación y Trabajo que respondan a diversos criterios de régimen interno, atendido el comportamiento delictual de la población que alberga y al avance de rehabilitación de los mismos.
3. Que, de acuerdo al decreto N° 943, de 2010, del Ministerio de Justicia, "La proposición de creación de un CET deberá estar acompañada de un proyecto o estudio que defina las actividades productivas, de capacitación laboral, focalización de los recursos, legalidad y viabilidad económica y productiva".
4. Que, mediante el oficio ordinario N° 14.00.00.564 de 22 de abril de 2014, el Director Nacional de Gendarmería de Chile ha solicitado la creación de un Centro de Educación y Trabajo Cerrado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Collipulli.
5. Que, del informe técnico presentado por Gendarmería de Chile, se extraen las características de la unidad económica, creada a partir de la actividad productiva, que permitirá capacitar laboralmente a los internos y generar, de acuerdo a lo señalado en él, recursos que tomarán la forma, tanto de incentivos económicos para los internos que desarrollen labores, como de los montos para reinversión en la creación de nuevas actividades de reinserción social.
6. Que, consta también en la información entregada en el informe en comento, la necesidad de crear un espacio diferenciado y especializado que permita proporcionar capacitación, formación y/o especialización sistemática en técnicas fundamentales u oficios a las personas condenadas.
7. Que, existe al interior del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Collipulli una superficie de extensión suficiente, para la habilitación de las dependencias requeridas.
Decreto:
I.- Créase un Centro de Educación y Trabajo Cerrado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Collipulli, ubicado en calle Bilbao N° 131, de la comuna de Collipulli, Región de la Araucanía, destinado al Ministerio de Justicia - Gendarmería de Chile por decreto exento N° 109, de 1998, de la Secretaría Regional Ministerial de la IX Región, Ministerio de Tierras y Colonización -actual Ministerio de Bienes Nacionales-.
II.- Declárese que, de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 68, del decreto N° 943, de 2010, del Ministerio de Justicia, la dirección y administración interna del Centro de Educación y Trabajo Cerrado que se crea, corresponderán a Gendarmería de Chile y se regirán por el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, contenido en el decreto N° 518, de 1998, del Ministerio de Justicia y sus modificaciones; por las normas ordinarias y generales que regulan el funcionamiento interno de los establecimientos penitenciarios; y por las resoluciones que se dicten al efecto por el Director Nacional de Gendarmería de Chile.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Marcelo Albornoz Serrano, Subsecretario de Justicia.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance decreto N° 364, de 2014, del Ministerio de Justicia
N° 64.152.- Santiago, 20 de agosto de 2014.
Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se crea un Centro de Educación y Trabajo Cerrado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Collipulli, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que el decreto supremo del Ministerio de Justicia, del año 2014, a que se alude en los vistos de este instrumento, es el N° 363 y no el que en ellos se expresa.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Justicia
Presente.




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