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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2014


Ministerio de Justicia
EXCLUYE AL SÍNDICO DON MARCO ANTONIO SEPúLVEDA AYALA DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS
Santiago, 3 de junio de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 456.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.175, modificada por la ley N° 20.004, e incorporada al Libro IV del Código de Comercio, con excepción de su Título II, por la ley N° 20.080; el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; el decreto N° 501, de 2005, del Ministerio de Justicia, que nombra e incluye a persona que se indica en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; lo señalado en el oficio N° 37, de 2014, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; y,
Considerando:
1.- Que, por decreto N°501, de 2005, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Marco Antonio Sepúlveda Ayala, RUN N° 8.664.034-1, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto N° 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.
2.- Que, de acuerdo con lo informado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, mediante oficio N° 37, de 7 de mayo de 2014, el Sr. Sepúlveda Ayala incurrió en una serie de irregularidades legales en la administración de la quiebra Inmobiliaria Los Jazmines S.A., que motivaron una solicitud de remoción presentada por la ex Superintendencia de Quiebras ante los tribunales de justicia.
3.- Que, con fecha 24 de septiembre de 2012, el 15° Juzgado Civil de Santiago acogió la solicitud presentada por la Superintendenta de Quiebras, quien requirió la remoción del Sr. Sepúlveda Ayala como síndico de la quiebra señalada, resolución que fue ratificada por la Itma. Corte de Apelaciones de Santiago con fecha 13 de diciembre de 2013, las que se encuentran ejecutoriadas, según da cuenta la certificación emitida el día 19 de marzo de 2014.
4.- Que, en atención a lo señalado precedentemente, los antecedentes acompañados y en la causal contemplada en el N° 12 del artículo 22 del Libro IV del Código de Comercio, corresponde excluir de la señalada nómina al Sr.
Sepúlveda Ayala.
Decreto:
Exclúyase a don Marco Antonio Sepúlveda Ayala, RUN N° 8.664.034-1, de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos en la que fue incluido mediante decreto N° 501, de 2005, del Ministerio de Justicia.
Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Marcelo Albornoz Serrano, Subsecretario de Justicia.




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