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MINISTERIO DE JUSTICIA


DO 951954 2015


Ministerio de Justicia
(IdDO 951954)
EXTIENDE FECHA DE VENCIMIENTO DE CÉDULA NACIONAL DE IDENTIDAD PARA CHILENOS
Santiago, 29 de septiembre de 2015.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 708.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 773, de 1997, del Ministerio de Justicia, que establece forma de determinar fecha de vencimiento de Cédula Nacional de Identidad; en el decreto ley N° 3.346, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto supremo N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la Ley N° 19.477, que Aprueba Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
1°.- Que, existe un interés nacional en favorecer el principio de continuidad del servicio establecido en el artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
2°.- Que, en razón de lo señalado en el numeral anterior, y atendida la situación que afecta al Servicio de Registro Civil e Identificación, que ha dificultado la renovación de los documentos que acreditan la identidad de las personas, se ha constatado la necesidad de extender la fecha de vencimiento de las cédulas de identidad para chilenos de vencimiento próximo, o ya vencidas,
Decreto:
Artículo único.- Extiéndase hasta el día 31 de diciembre de 2015, inclusive, la fecha de vencimiento de las cédulas de identidad para chilenos, vencidas y de aquellas que expiren antes de dicha fecha, para ser utilizadas en diligencias, trámites y gestiones que requieran la exhibición de esta documentación.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Javiera Blanco Suárez, Ministra de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Ignacio Suárez Eytel, Subsecretario de Justicia.




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