GobiernoTransparente

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


DO 1214947 2017


(CVE 1214947)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
EXCLUYE AL SÍNDICO RAúL ANTONIO ZÁRATE MARISIO DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS
Santiago, 7 de marzo de 2017.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 195.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 y N° 10, de la Constitución Política de la República; en el Libro IV del Código de Comercio; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar por orden del Presidente de la República; en el decreto N° 667, de 1998, del Ministerio de Justicia, que nombra e incluye a don Raúl Antonio Zárate Marisio, en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en las resoluciones exentas N° 4.892 y N° 570, de 2015 y 2017, respectivamente, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; en el oficio Electr. SIR N° 793, de 2017, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; y

Considerando:

1.- Que, por decreto N° 667, de 1998, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Raúl Antonio Zárate Marisio, RUN N° 5.009.479-0, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto N° 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.
2.- Que, consta de los oficios Electr. SIR N° 1.299 y N° 2.118, ambos de 2015 y N° 5.319 y N° 6.550, ambos de 2016, todos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que el síndico aludido, si bien concurrió en la primera citación del día 10 de julio de 2015, a rendir el examen de conocimientos de síndicos que integran la nómina nacional de síndicos, obtuvo una calificación menor a la requerida como mínima de aprobación. Luego, fue citado a rendir nuevo examen el día 22 de noviembre de 2016, ausentándose en esta oportunidad, sin causa justificada, entendiéndose, por tanto, reprobado para todos los efectos legales, de conformidad con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 16, del Libro Cuarto del Código de Comercio y en el instructivo S.Q. N° 1, de 28 de abril de 2011.
3.- Que, por oficio Electr. SIR N° 793, de 13 del febrero de 2017, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, se comunicó a esta Cartera de Estado la situación del síndico en comento, con la finalidad de que fuera eliminado de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos.
4.- Que, en atención a los fundamentos expuestos, los antecedentes acompañados y lo estipulado en la causal contemplada en el N° 13, del artículo 22, en relación con el inciso cuarto del artículo 16, ambos del Libro Cuarto del Código de Comercio, corresponde excluir de la señalada nómina al Sr. Zárate Marisio.

Decreto:

Exclúyase a don Raúl Antonio Zárate Marisio, RUN N° 5.009.479-0, de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, en la que fue incluido mediante decreto N° 667, de 1998, del Ministerio de Justicia.

Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jaime Campos Quiroga, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Nicolás Mena Letelier, Subsecretario de Justicia.




VolverTamaño de Fuente