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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1328299 2017


(CVE 1328299)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia
AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA ROUND RIVER CONSERVATION STUDIES PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 22 de diciembre de 2017.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.679 exento.
Vistos:
Estos antecedentes, y lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo de Justicia N° 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, y
Considerando:
1.- Que, con fecha 12 de febrero de 2015, doña Ruth Cohen, en representación de don Dennis Lamar Sizemore, ha solicitado a la Presidenta de la República de Chile, por conducto de este ministerio, que se autorice a la entidad extranjera denominada Round River Conservation Studies para que desarrolle actividades en el país.
2.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, en concordancia con el artículo 1°, párrafo 1.3.2, del decreto supremo de Justicia N°
924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula Por orden del Presidente de la República, corresponde al titular de esta cartera ministerial suscribir el presente acto administrativo, bajo la fórmula antes señalada.
3.- Que, analizados los antecedentes acompañados por la entidad solicitante, se ha podido determinar que cumple con todos los requisitos prescritos por el citado decreto N° 110, de tal manera que resulta procedente conceder la autorización requerida.
4.- Que, además, el Consejo de Defensa del Estado, en su informe N° 435, de 3 de octubre de 2017, se pronunció favorablemente al otorgamiento de la autorización en comento, señalando, en lo pertinente, que Examinados los nuevos antecedentes, hacemos presente que se han subsanado los reparos formulados en nuestro informe anterior, motivo por el cual, a juicio de este Consejo, puede accederse a lo solicitado y dictarse el decreto que autoriza a la entidad denominada Round River Conservation Studies a desarrollar actividades en Chile y desígnase a don Dennis Lamar Sizemore, el representante de dicha entidad en Chile..
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada Round River Conservation Studies, con domicilio en 307 W. 200 South, Suite 5003, Salt Lake City, Utah 84101, Estados Unidos de América, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fechas 15 de septiembre de 2014 y 12 de febrero de 2015, traducidos al español -los de la primera data de legalización- con fecha 30 de septiembre de 2014 y protocolizados en la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, con fecha 13 de abril de 2015, bajo el N° 13.672-2015, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes del Estado de Utah, Estados Unidos de América, según consta del documento extendido por la directora de la División de Sociedades y Código Comercial, doña Kathy Berg, con fecha 6 de agosto de 2014, instrumento que fue debidamente legalizado y traducido con fechas 15 y 30 de septiembre del mismo año, respectivamente, y protocolizado en la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, con fecha 13 de abril de 2015, bajo el N° 13.672-2015, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.
3.- El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido, a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4.- El domicilio de la organización en Chile será Las Palomas N° 8, San Juan de Pirque, comuna de Pirque, Región Metropolitana de Santiago.
6.- El representante de la entidad en Chile será don Dennis Lamar Sizemore, con domicilio en Las Palomas N° 8, San Juan de Pirque, comuna de Pirque, Región Metropolitana de Santiago, quien en su carácter de mandatario de la institución tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones, en la forma que se acredita en poder otorgado en idioma español e inglés, por doña Vicky Trent Alvey, en representación de la entidad, con fecha 7 de octubre de 2014, instrumento que se encuentra debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 12 de febrero de 2015 y protocolizado, con fecha 13 de abril del mismo año, bajo el N° 13.672-2015, en la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago de don René Benavente Cash.
7.- El mandatario de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualesquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede.
8.- La entidad deberá obtener que se autorice por el Gobierno la ampliación de actividades, cuando éstas excedan a las aludidas en el N° 1 del presente decreto, teniendo presente que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Política de la República, el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe de Estado.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jaime Campos Quiroga, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Nicolás Mena Letelier, Subsecretario de Justicia.




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