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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2021-04-28 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 1933996)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia

ESTABLECE ORDEN DE SUBROGANCIA PARA EL CARGO DE DIRECTOR/A NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA

Santiago, 23 de abril de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 907 exento.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el DFL N°

3, de 2016, de esta Secretaría de Estado, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto ley 2.465, de 1979, que crea el Servicio Nacional de Menores y fija el texto de su Ley Orgánica; en el decreto supremo N° 356, de 1980, Reglamento del Servicio Nacional de Menores; en el decreto supremo N° 79, de 20 de octubre de 2020, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, nombramiento de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores; en el decreto exento N° 169, de 2020, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que establece Orden de Subrogación para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional de Menores, y deja sin efecto decreto exento que indica; en el oficio N° 610, de 29 de marzo de 2021, de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores; en la resolución N° 6, de 2019, y su modificación, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.

Considerando:

1° Que, el Servicio Nacional de Menores, es un organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargado de contribuir a proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que han sido vulnerados en el ejercicio de los mismos y a la reinserción social de adolescentes que han infringido la Ley Penal, para lo cual le corresponderá especialmente diseñar y mantener una oferta de programas especializados destinados a la atención de niños, niñas y adolescentes, así como estimular, orientar, y supervisar técnica y financieramente la labor que desarrollen las instituciones públicas o privadas que tengan la calidad de colaboradores acreditados.

2° Que, el citado servicio se encuentra a cargo de un funcionario denominado Director/a Nacional, quien es el/la jefe/a superior del servicio y a quien le corresponde, entre otras atribuciones, dirigir, organizar, planificar, coordinar y supervigilar el funcionamiento del Servicio;

3° Que, el artículo 32 N° 10 de la Constitución Política de la República, establece que es atribución especial del Presidente de la República nombrar y remover a los funcionarios que la ley denomina como de su exclusiva confianza y proveer los demás empleos civiles en conformidad a la ley;

4° Que, su designación es de aquellas afectas al Sistema de Alta Dirección Pública, y en dicho contexto, la ley N° 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos, establece que los altos directivos públicos tendrán, en materia de remoción, la calidad de empleados de la exclusiva confianza de la autoridad facultada para disponer su nombramiento.

5° Que, el artículo 79, del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, señala que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el titular o el suplente.

6° Que, por su parte, el artículo quincuagésimo noveno de la ley N° 19.882, señala que, si hubiere cargos de alta dirección pública vacantes, se aplicarán las normas establecidas en el Estatuto administrativo.

7° Que, a su turno, el artículo 80 del citado texto legal señala que en los casos de subrogación asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico, que reúna los requisitos para el desempeño del cargo.

8° Que, asimismo, el artículo 81 del referido decreto con fuerza de ley señala que la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación respecto de los cargos de exclusiva confianza y cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes.

9° Que mediante decreto exento N° 169, de 19 de enero de 2021, de Justicia y Derechos Humanos, se designó subrogantes en el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional de Menores, dejándose asimismo sin efecto el decreto exento N° 966, de 2020, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

10° Que, en virtud de razones de buen servicio, y continuidad de la función pública, se ha estimado necesario modificar el orden de subrogancia para el cargo ya señalado.

Decreto:

1° Establécese el siguiente orden de subrogación, para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional de Menores, para el caso de ausencia o impedimento del Director/a Titular, que no sea la vacancia del cargo, siguiéndose el siguiente orden de precedencia:

- Primer orden de subrogación: Quien sirva en calidad de titular el cargo de jefatura del Departamento de Justicia Juvenil, del Servicio Nacional de Menores.

- Segundo orden de subrogación: Quien sirva en calidad de titular el cargo de Jefatura del Departamento de Planificación y Control de Gestión, del Servicio Nacional de Menores.

- Tercer orden de subrogación: Quien sirva en calidad de titular el cargo de Jefatura del Departamento Jurídico, del Servicio Nacional de Menores.

- Cuarto orden de subrogación: Quien sirva en calidad de titular el cargo de Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas, del Servicio Nacional de Menores.

2° Déjase sin efecto el decreto exento N° 169, de 19 de enero de 2021, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que estableció Orden de Subrogación para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional de Menores.

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Sebastián Valenzuela Agüero, Subsecretario de Justicia.






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