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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-02-26 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2093659)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia

FIJA NUEVOS MONTOS DE VALORES ADICIONALES PARA DOCUMENTOS DE PASAPORTES QUE OTORGA EL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN

Santiago, 3 de febrero de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 300 exento.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el artículo 1º, acápite I, número 10, del decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, de esta Secretaría de Estado, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto supremo Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la Ley Nº 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto con fuerza de ley Nº 1.282, de 1975, del Ministerio de Hacienda, que establece el monto de impuestos y exenciones en actuaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto ley Nº 1.268, de 1975, del Ministerio de Justicia, que fija normas sobre agilización del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto supremo Nº 55, de 1983, del Ministerio de Justicia, que fija precios a los documentos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto supremo Nº 160, de 2002, del Ministerio de Justicia, que fija nuevo precio para pasaportes que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto supremo Nº 1.010, de 1989, del Ministerio de Justicia, que Aprueba Reglamento de Pasaportes Ordinarios, y de Documentos Viaje y Títulos de Viaje para Extranjeros; en el decreto exento Nº 649, de 2009, del Ministerio de Justicia, que Reajusta el Monto de los Impuestos y Valores Adicionales en las Actuaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación; en el decreto exento Nº 2.416, de 2015, del Ministerio de Justicia, que fija nuevos montos de valores adicionales para documentos de identidad y viaje electrónicos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º. Que el Servicio de Registro Civil e Identificación emite documentos de identidad y viaje electrónicos, de acuerdo a estándares internacionales y con un alto nivel de seguridad, incorporando avanzada tecnología en los procesos de emisión y fabricación.

2º. Que por resolución Nº 510, de 29 de noviembre de 2011, de la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, tomada de razón el 20 de enero de 2012, se aprobó entre dicho Servicio y la empresa Morpho S.A., actualmente IDEMIA Identity & Security Chile, Contrato de Prestación de Servicios para el Sistema de Identificación, Documentos de Identidad y Viajes y Servicios Relacionados.

3º. Que por oficio DN Nº 43, de fecha 28 de enero de 2022, el Servicio de Registro Civil e Identificación solicitó fijar nuevos montos de valores adicionales para pasaporte, considerando los gastos operacionales de dichos documentos.

4º. Que, por decreto Nº 2.416, de 26 de junio de 2015, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se fijaron nuevos montos de valores adicionales para documentos de identidad y viaje electrónicos que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación.

5º. Que, el Contrato de Prestación de Servicios para el Sistema de Identificación, Documentos de Identidad y Viajes y Servicios Relacionados, referido en el considerando 2º, finalizó el 20 de enero de 2022.

6º. Que, con el objeto de asegurar la continuidad operacional de la provisión del Sistema de Identificación, mientras concluye el proceso de Licitación Pública, ID Nº 545854-12-LR20, para la nueva contratación de los servicios del Nuevo Modelo de Identificación, Documentos de Identidad y Viajes y Servicios Relacionados, el Servicio de Registro Civil e Identificación celebró un nuevo contrato con IDEMIA Identity & Security Chile, en el que se establecen nuevos precios para los pasaportes.

7º. Que, en virtud de lo anterior y especialmente a lo solicitado por el Servicio, mediante Oficio DN Nº 43, de fecha 28 de enero de 2022 resulta necesario sustituir los montos de los valores de los pasaportes, establecido en el decreto exento Nº 2.416, de 26 de junio de 2015, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Decreto:

Artículo 1º.- Fíjanse los nuevos montos de valores adicionales a los siguientes documentos que entrega el Servicio de Registro Civil e Identificación:

Artículo 2º.- Los montos señalados en el artículo precedente serán de cargo de los usuarios, se cobrarán en dinero como valor adicional, separadamente del impuesto que grava al respectivo documento y se aplicarán desde el día primero del mes siguiente a la publicación de este decreto en el Diario Oficial.

Artículo 3º.- Los montos de los valores adicionales a que se refiere el presente decreto, se reajustarán de acuerdo a la forma establecida en el artículo 7º del decreto ley Nº 1.268, de 1975, del Ministerio de Justicia.

Artículo 4º.- Sustitúyanse los montos de los valores adicionales de los formatos de libretas de pasaportes, establecidos en el decreto exento Nº 2.416, de 2015, del Ministerio de Justicia, por los nuevos valores de libretas de pasaportes a que se refiere el presente decreto.

Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Sebastián Valenzuela Agüero, Ministro de Justicia y Derechos Humanos (S).- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Ma. Loreto González Lazo, Subsecretaria de Justicia (S).






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