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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-04-25 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2118527)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia

SUPRÍMESE EL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DENOMINADO "COMPLEJO PENITENCIARIO DE CONCEPCIÓN" CREADO MEDIANTE DECRETO 1.192 DE 1988; CRÉASE EL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DENOMINADO "CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO (CCP) CONCEPCIÓN"; CRÉASE EL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DENOMINADO "COMPLEJO PENITENCIARIO BIOBÍO"; CRÉASE EL "CENTRO PENITENCIARIO FEMENINO (CPF) CONCEPCIÓN" Y DISPONE SUS FUNCIONAMIENTOS

Santiago, 24 de enero de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 17.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículo 32 N° 6 y 35 del decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2016, de esta Secretaría de Estado, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto ley N° 2.859, de 1979, que fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; en el decreto supremo N° 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que Aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el decreto supremo N° 518, de 1998, del Ministerio de Justicia, que Aprueba Reglamento de Establecimientos Penitenciarios; en el decreto supremo N° 1.192, del año 1988, del Ministerio de Justicia, que creó el Complejo Penitenciario de Concepción; en el decreto N° 459, de 2011, del Ministerio de Justicia, que crea un Establecimiento Penitenciario en la comuna de Concepción y Dispone su Funcionamiento; en el decreto supremo N° 900, de 1996, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 164, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas, Ley de Concesiones de Obras Públicas; en el decreto supremo N° 956, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que establece el Reglamento del decreto con fuerza de ley N° 164, de 1991, Ley de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas; en el decreto supremo N° 119, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, que adjudicó el contrato de concesión para la habilitación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 2"; en la resolución exenta N° 311, de 22 de febrero de 2019, de la Subsecretaría de Justicia, que Aprueba Actas de Entrega a Explotación de la Obra Civil "Reposición Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción" en la Región del Biobío, Código BIP 30100041-0; en el oficio Ord. N° 14.00.00.81/2022, de 18 de enero de 2022, del Director Nacional de Gendarmería; en la resolución N° 7, del año 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa aplicable.

Considerando:

1°.- Que, por medio de decreto supremo N° 1.192, del año 1988, del Ministerio de Justicia, se creó el "Complejo Penitenciario de Concepción", como una unidad que cumplía tanto las funciones de Centro de Detención Preventiva como Centro de Readaptación Social.

Actualmente, en el Complejo Penitenciario de Concepción funciona una sección femenina y además cumple funciones de Centro de Detención Preventiva y de Centro de Cumplimiento Penitenciario.

2°.- Que, por resoluciones exentas N° 11, de 1992 y N° 1.325 de 2002, de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región del Biobío, se destinó una propiedad ubicada en Lote B1 del Fundo El Manzano, provincia y comuna de Concepción, de acuerdo con el plano N° VIII -2-11.836 C.U. para el funcionamiento del Complejo Penitenciario El Manzano.

3°.- Que, en el inmueble singularizado en el considerando anterior, mediante decreto supremo N° 459, de 2011, del Ministerio de Justicia, se creó el "Centro Cumplimiento Penitenciario del Biobío" en la comuna de Concepción, provincia de Concepción, Región del Biobío, el cual actualmente forma parte del "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 2", donde, de acuerdo con la resolución exenta DGOP N° 3.892, de 2011, se otorgó Recepción Total de la Habilitación de la Infraestructura del Establecimiento Penitenciario de Concepción, correspondiente a la Obra Pública Fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo N° 2" y Autorización de Pago de Subsidios".

4°.- Que, producto del terremoto ocurrido en esa zona, el 27 de febrero del año 2010, sumado a un motín organizado por las personas privadas de libertad, y la deficiente estructura y condiciones de seguridad e instalaciones del penal, la infraestructura del Complejo Penitenciario de Concepción citada en el primer considerando, se vio seriamente dañada, representando un riesgo de seguridad en materia de fuga y un riesgo de siniestro con daños materiales y a la integridad de las personas. Como consecuencia de lo anterior, mediante decreto exento N° 3.169, de 2014, del Ministerio de Justicia, y resolución exenta DA N° 11, de 2015, de la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, se aprobó convenio mandato para el Proyecto de Ejecución de la Obra "Reposición Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción", Código VIP N° 30100041-0, que fue declarada de emergencia en virtud de decreto N° 131, de 16 de abril de 2015, del Ministerio de Obras Públicas, tomado de razón con fecha 27 de abril de 2015, por la Contraloría General de la República.

5°.- Que en razón de lo anterior, mediante resolución D.A. CPCIÓN. N° 6, de 2016, de la Dirección Regional de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, se aprobó el Convenio Ad-Referéndum para la contratación mediante trato directo, de 20 de mayo de 2016, celebrado entre el Director Regional de Arquitectura y el contratista Claro Vicuña Valenzuela S.A., para la "Reposición Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción", obra ubicada en Camino a Penco km 1, Sector Cárcel El Manzano, Provincia de Concepción. Dichas obras fueron entregadas en explotación al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y a Gendarmería de Chile mediante Actas de Entrega a Explotación de la obra "Reposición Centro de Cumplimiento Penitenciario Concepción", de fecha 18 de diciembre de 2018, aprobadas por resolución exenta N° 311, de fecha 22 de febrero de 2019, de la Subsecretaría de Justicia.

6°.- Asimismo, y de acuerdo con el oficio ordinario N° 14.00.00.81/2022, del 18 de enero de 2022, del Director Nacional de Gendarmería de Chile, funciona en el terreno destinado al Complejo Penitenciario de Concepción, una sección femenina, emplazada en una zona adyacente al "Centro de Cumplimiento Penitenciario del Biobío" y a las actuales obras de reposición del "Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción".

7°.- Cabe señalar que, de acuerdo a lo informado por medio del precitado oficio ordinario N° 14.00.00.81/2022, no existe registro de un decreto de creación del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción ni de un Centro Penitenciario Femenino en dicho terreno, como tampoco de decretos que modifiquen el decreto supremo N° 1.192, del año 1988, del Ministerio de Justicia.

8°.- Por su parte, entregado a explotación las obras de Reposición del Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de Concepción, y en el marco del proceso de modernización y mejoramiento del sistema penitenciario chileno, se procedió a estudiar la mejor vía de operación del recinto, con el objeto de brindar servicios de calidad a las personas privadas de libertad, optimizando los recursos disponibles y dotando así de eficiencia en el uso de los recursos fiscales. De esta manera, mediante oficio Ord. N° 1.486, de 7 de marzo de 2019, de la Jefa de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se solicitó a la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas, evaluar la factibilidad de requerir una oferta económica a la Sociedad Concesionaria del Grupo 2 del

Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, para la habilitación y operación del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción, lo cual implicaría que las obras de Reposición del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción, serían anexadas al Centro de Cumplimiento Penitenciario del Biobío, recinto adyacente, creado por decreto 459, de 2011, de este Ministerio, pasando ambos a formar parte de un solo Complejo Penitenciario. La ampliación del área concesionada permitiría aprovechar economías de escala, al contar con la posibilidad de utilizar la capacidad de la Central de Alimentación (CAL), del Área de Salud (ASA), de la Central de Lavandería (LAV) y del servicio de Reinserción Social del Centro de Cumplimiento Penitenciario del Biobío en ambos recintos, apuntando al principio de eficiencia y coordinación consagrados en el artículo 3° de la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado. Producto de esta solicitud, a través del Ord. IF./PCIP-G2 N°: 472/2021, de 21 de octubre de 2021, el Inspector Fiscal del Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria, Grupo 2, informa términos, condiciones, montos y plazos en los cuales se modificarán las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión, para lo cual se dictará un decreto supremo, en tramitación, y un Convenio Ad-Referéndum N° 3, que regulará las compensaciones por los costos, gastos y desembolsos en que incurrirá la Sociedad Concesionaria por la incorporación de esta nueva área concesionada.

9°.- Que, el nuevo recinto penitenciario que por este decreto se creará tendrá el carácter de "Complejo Penitenciario", de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 del decreto N° 518 de 1998, del Ministerio de Justicia, que aprueba el "Reglamento de Establecimientos Penitenciarios", el que se caracteriza por la coexistencia en un mismo perímetro de establecimientos penitenciarios que aplican un régimen interno y un tratamiento diferenciado a los reclusos, con el apoyo de servicios únicos centralizados de seguridad, administración, salud, reinserción social, laboral y de registro, y movimiento de la población penal.

10°.- Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 12 del referido decreto N° 518, y mediante oficio ordinario N° 14.00.00.81/2022, de 18 de enero de 2022, el Director Nacional de Gendarmería de Chile solicitó la supresión del Complejo Penitenciario de Concepción, y la creación del nuevo Complejo Penitenciario Biobío, que incluya las dependencias de un nuevo Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción y del Centro de Cumplimiento Penitenciario del Biobío. Asimismo, se solicitó la creación del Centro Penitenciario Femenino en reemplazo de la Sección Femenina que formó parte del Complejo Penitenciario de Concepción a que se refiere el Considerando sexto.

Decreto:

1°.- Suprímase el establecimiento penitenciario denominado "Complejo Penitenciario de Concepción", creado mediante decreto 1.192 de 1988 del Ministerio de Justicia.

2°.- Créase el establecimiento penitenciario denominado "Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) Concepción".

3°.- Créase el establecimiento penitenciario denominado "Complejo Penitenciario Biobío", integrado por el "Centro de Cumplimiento Penitenciario del Biobío", establecimiento penitenciario creado mediante el decreto 459, de 2011, del Ministerio de Justicia, y por el "Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) Concepción" creado en el artículo 2° del presente decreto.

4°.- Créase el establecimiento penitenciario denominado "Centro Penitenciario Femenino (CPF) Concepción" en reemplazo de la Sección Femenina que formó parte del "Complejo Penitenciario de Concepción", por este acto suprimido, y que se encuentra señalada en el Considerando sexto del presente decreto.

5°.- Los establecimientos penitenciarios creados a través de este decreto se ubicarán al interior del inmueble de propiedad fiscal, correspondiente al terreno ubicado en el Lote 1-B del fundo El Manzano, provincia y comuna de Concepción, Región del Biobío, destinado a Gendarmería de Chile, mediante resolución exenta N°11, de 31 de enero de 1992, modificada por la resolución exenta N° 1.325 de 2002, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, de la Región del Biobío.

6°.- Para los establecimientos penitenciarios que se crean, su administración interna se regirá por lo establecido en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, decreto supremo

N° 518, de 1998, del Ministerio de Justicia, y sus modificaciones; por las normas ordinarias y generales que regulan el funcionamiento interno de los establecimientos penitenciarios, y por las resoluciones que se dicten para tal efecto por el Director Nacional de Gendarmería de Chile. Su estructura orgánica y dotación de personal será determinada por resolución del Director Nacional de Gendarmería de Chile.

7°.- Respecto del "Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) Concepción", la recepción y atención de las personas privadas de libertad, en lo que se refiere a la entrega de todos los servicios penitenciarios en forma permanente, exigidos en las bases de licitación a la sociedad concesionaria, sólo podrán verificarse a contar de la fecha de la resolución de la Dirección General de Concesiones, mediante la cual se autorice y apruebe la recepción de la habilitación total del área concesionada correspondiente.

Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Sebastián Valenzuela Agüero, Subsecretario de Justicia.






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