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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2022-10-24 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
 

(CVE 2205163)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia

APRUEBA TEXTO OFICIAL DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

Santiago, 17 de octubre de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 2.356 exento.

Vistos:

Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado a través del decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el DFL Nº 1/19.653, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos 7º, 9º, 13, 14 y 24 de la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el artículo 2º, letra v), del DFL Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el artículo 2º letra r) del decreto supremo Nº 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 2º de la ley Nº 8.828, de 1947; en el decreto supremo Nº 4.862, de 1959, del Ministerio de Justicia, que aprueba Reglamento para la edición de códigos por la Editorial Jurídica de Chile; la facultad conferida en el decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, del año 2001; la ley Nº 21.383, que modifica la Carta Fundamental, para establecer el desarrollo científico y tecnológico al servicio de las personas; la ley Nº 21.432, reforma constitucional en materia de renuncia de convencionales constituyentes; la ley Nº 21.448, que modifica la Carta Fundamental para incorporar las normas de la ley Nº 21.385, que modifica la legislación electoral, para privilegiar la cercanía al domicilio del elector en la asignación del local de votación, para el plebiscito constitucional; la ley Nº 21.481, que modifica quórums de reforma de la Constitución Política de la República; el oficio Ord. Nº 09-2022, de la Editora de Códigos de la Editorial Jurídica de Chile; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

1.- Que, conforme a lo establecido en el artículo 2º, letra v), del DFL Nº 3, de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de esta Secretaría de Estado, es función de esta Cartera aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus ediciones oficiales.

2.- Que, entre octubre del año pasado y agosto del presente se han publicado en el Diario Oficial las siguientes leyes que modifican la Constitución Política de la República: ley Nº 21.383, que modifica la Carta Fundamental, para establecer el desarrollo científico y tecnológico al servicio de las personas; la ley Nº 21.432, reforma constitucional en materia de renuncia de convencionales constituyentes; la ley Nº 21.448, que modifica la Carta Fundamental para incorporar las normas de la ley Nº 21.385, que modifica la legislación electoral, para privilegiar la cercanía al domicilio del elector en la asignación del local de votación, para el plebiscito constitucional y la ley Nº 21.481, que modifica quórums de reforma de la Constitución Política de la República.

3.- Que, tomando en cuenta los principios generales de eficiencia y eficacia que informan el actuar de los órganos de la Administración del Estado, contemplados en la ley Nº 18.575, y de celeridad, economía procedimental y no formalización, consignados en la ley Nº 19.880, y dada la importancia que reviste la edición oficial de la Constitución Política de la República en los ámbitos judicial, académico y administrativo, entre otros, resulta necesaria su más pronta y oportuna aprobación.

4.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, la aprobación de los textos oficiales de los Códigos se encuentra exenta del trámite de toma de razón.

Decreto:

Artículo 1°. Apruébase como oficial el texto de la vigésima sexta edición de la Constitución Política de la República, actualizado a esta fecha por la Editorial Jurídica de Chile.

Artículo 2°. Un ejemplar de dicho texto, autorizado con las firmas del Presidente de la República y de la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, se depositará en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en cada una de las ramas del Congreso Nacional y en la Contraloría General de la República, respectivamente.

Este texto se tendrá por el auténtico de la Constitución Política de la República y a él deberán conformarse las demás ediciones y publicaciones que de ella se hagan.

Artículo 3°. La Editorial Jurídica de Chile procederá a dar cumplimiento a la obligación que le impone el artículo 4º del decreto supremo Nº 4.862, de 1959, del Ministerio de Justicia, que aprueba Reglamento para la edición de códigos por la Editorial Jurídica de Chile, con respecto a todas las ediciones de la Constitución Política de la República que en virtud de dicho reglamento y del presente decreto tengan carácter de oficial.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Marcela Ríos Tobar, Ministra de Justicia y Derechos Humanos.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Gajardo Falcón, Subsecretario de Justicia.

 

 






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