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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2023-02-02 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2245000)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia

EXCLUYE AL SÍNDICO TOMÁS ANDREWS HAMILTON DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Núm. 87.- Santiago, 24 de junio de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en el Libro IV del Código de Comercio; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el decreto Nº 358, de 2009, del Ministerio de Justicia, que nombra e incluye a don Tomás Andrews Hamilton en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; en el oficio Superir Nº 9014, de 2022, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, y

Considerando:

1.- Que, por decreto Nº 358, de 2009, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Tomás Andrews Hamilton, RUN Nº 9.099.099-3, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto Nº 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.

2.- Que, con fecha 16 de mayo de 2022, el Sr. Tomás Andrews Hamilton presentó su renuncia al cargo de Síndico Privado de Quiebras, la que fue informada favorablemente por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, según consta en Oficio Superir Nº 9014, de 30 de mayo de 2022.

3.- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.720, las quiebras, convenios y cesiones de bienes en actual tramitación, y aquellas que se hubieren iniciado antes de la época de su entrada en vigencia, se regirán por las disposiciones contenidas en el Libro IV del Código de Comercio.

4.- Que, en atención a lo señalado precedentemente, los antecedentes acompañados y en la causal contemplada en el Nº 9 del artículo 22 del Libro IV del Código de Comercio, corresponde excluir de la señalada nómina al Sr. Tomás Andrews Hamilton.

5.- Que, sin perjuicio de lo anterior, el síndico excluido deberá continuar administrando las quiebras que mantiene pendientes hasta su total terminación, con todas las responsabilidades que de ello se desprendan.

Decreto:

Exclúyase a don Tomás Andrews Hamilton, RUN Nº 9.099.099-3, de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, en la que fue incluido mediante decreto Nº 358, de 2009, del Ministerio de Justicia.

Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Marcela Ríos Robar, Ministra de Justicia y Derechos Humanos.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Gajardo Falcón, Subsecretario de Justicia.






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