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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 1832489 2020

DO 2024-03-02 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

(CVE 2461050)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Subsecretaría de Justicia

ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE SECRETARIO/A REGIONAL MINISTERIAL DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA

Santiago, 22 de febrero de 2024.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 485 exento.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL Nº 1-19.175, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el DFL Nº 3, de 2016, de esta Secretaría de Estado, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo de Justicia Nº 1.597, de 1980, que Aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en el decreto exento Nº 176, de 2022, que establece orden de subrogación para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región del Biobío; el Oficio Ordinario N°1009, de 2024, del Sr. Subsecretario de Justicia; el Oficio Ordinario Nº 184, de 2024, de la Delegada Presidencial (S) de la Región del Biobío; en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.

Considerando:

1. Que, mediante el decreto exento Nº 176, de 2022, de este origen, se estableció el orden de subrogación para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región del Biobío.

2. Que, a través del Oficio Ord Nº 184, de 16 de febrero de 2024, de la Delegada Presidencial Regional (S) del Biobío, se autorizó la propuesta de un nuevo orden de subrogación para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la referida región.

3. Que, por razones de buen servicio, y con la finalidad de mantener la continuidad de la función pública, resulta necesario ajustar el orden de subrogación para el cargo señalado precedentemente.

Decreto:

1º. Establécese el siguiente orden de subrogación para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región del Biobío, en caso de ausencia o impedimento del titular:

. 1er Subrogante: Quien sirva en calidad de titular, el cargo de Director/a Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región del Biobío.

. 2do Subrogante: Quien sirva en calidad de titular, el cargo de Director/a Regional del Servicio Médico Legal, Región del Biobío.

. 3er Subrogante: Quien sirva en calidad de titular, el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, Región del Biobío.

2º. Por razones impostergables de buen servicio, el orden de subrogación que se establece en el numeral anterior, regirá a contar de la fecha de dictación del presente acto.

3º. Déjase sin efecto el decreto exento Nº 176, de 2022, de esta Cartera de Estado, que designa subrogantes en el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región del Biobío.

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Luis Cordero Vega, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.- Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Héctor Opazo Díaz, Subsecretario de Justicia (S).






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