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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2006


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A SOCIEDAD GREMIO DE FLETEROS SALVAVIDAS, DE ANTOFAGASTA
Santiago, 3 de febrero de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 553 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de febrero de 2004; en la resolución N° 520, de 1996, modificada por resolución N° 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Sociedad Gremio de Fleteros Salvavidas, con domicilio en la provincia de Antofagasta, Segunda Región de Antofagasta, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 1.426, de fecha 12 de mayo de 1908, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 31 de julio de 2002 y 14 de diciembre de 2005, otorgadas ante la Notario Público de Antofagasta, doña Elvira Mary Brady Roche, la primera y ante el Notario Público de Antofagasta, don Héctor Efraín Basualto Bustamante, la segunda.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Jus-ticia.




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