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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2006


DEJA SIN EFECTO DECRETO N°1.325, DE FECHA 20 DE ABRIL DE 2004, QUE APROBO REFORMA DE ESTATUTOS, ACUERDO DE DISOLUCION Y CANCELO PERSONALIDAD JURIDICA A LA ENTIDAD DENOMINADA CORPORACION DE AYUDA AL MENOR CORDAM
Santiago, 10 de marzo de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.167 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el D.F.L. N° 1/19.653 que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales en la Administración del Estado, de 2001; lo dispuesto en la ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N°110 de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por el decreto supremo de Justicia N°679 de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N°520 de 1996, modificada por la resolución N°661 publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; el decreto supremo de Justicia N°924, de 1981 y lo resuelto por el decreto supremo de Justicia N°922, de fecha 9 de noviembre de 2004,
Considerando:
1. Que el decreto de Justicia N°1.325, dictado con fecha 20 de abril de 2004, aprobó Reforma de Estatutos, Acuerdo de Disolución y canceló la Personalidad Jurídica de la entidad Corporación de Ayuda al Menor Cordam;
2. Que dicho decreto exento no fue tomado razón;
3. Que, con fecha 9 de noviembre de 2004 se dicta el decreto supremo de Justicia N°922, sobre la misma materia;
4. Que el decreto citado en el punto 3 anterior, fue tomado razón por la Contraloría General de la República el 16 de noviembre de 2004;
5. Atendido lo enunciado, resulta, de todo procedente, dejar sin efecto el decreto N°1.325, de 20 de abril de 2004, que no terminó su tramitación.
Decreto:
1. Déjase sin efecto el decreto N°1.325, de fecha 20 de abril de 2004.
2. Remítase copia del presente decreto al señor Secretario Ministerial de Justicia y a la Intendencia de la Región Metropolitana.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.




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