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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2006


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A ASOCIACION DE FOOT - BALL DE CURICO, ADECUANDOLOS A LA LEY N° 19.712, DEL DEPORTE
Santiago, 20 de diciembre de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 4.287 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N° 520, de 1996, modificada por resolución N° 661, de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; y en la ley N° 19.712 y su Reglamento, contenido en el decreto supremo N° 59, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Asociación de Foot-Ball de Curicó, con domicilio en la provincia de Curicó, Séptima Región del Maule, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 3.485, de fecha 16 de septiembre de 1942, en los términos que da testimonio el instrumento protocolizado bajo el N° 20, con fecha 18 de marzo de 2005, ante el Notario Público de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara.
2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto la entidad en lo sucesivo se denominará Asociación Deportiva de Fútbol de Curicó, la que podrá actuar ante las Autoridades Deportivas, Políticas y Administrativas, ante Organos Públicos y Privados, con el nombre de Asociación Deportiva de Fútbol de Curicó, que es diferente de las demás entidades existentes en dicha provincia e inscritas en el Registro de Personas Jurídicas de este Ministerio.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.




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