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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2006


Ministerio de Justicia
APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCION Y CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA DE CENTRO DE PROSPERIDAD, DE SANTIAGO
Santiago, 30 de agosto de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 989.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N°110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N°679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N°520, de 1996, modificada por resolución N°661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Considerando:
1.- Que, la entidad denominada "Centro de Prosperidad", con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, que cuenta con personalidad jurídica concedida por este Ministerio, mediante decreto exento de Justicia N°563, de fecha 18 de junio de 2003, por presentación de fecha 14 de octubre de 2005, solicitó la aprobación del acuerdo de disolución de la institución antes mencionada y la cancelación de su personalidad jurídica.
2.- Que, la entidad adoptó el acuerdo de disolución en Asamblea General Extraordinaria efectuada el día 12 de septiembre de 2005, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 4 de octubre de 2005, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Enrique Tornero Figueroa.
3.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo vigésimo primero de los estatutos de la Fundación, aprobada la disolución voluntaria, sus bienes pasarán al Hogar Santa Clara, y si ésta no tuviere a esa fecha existencia legal, a la institución denominada Fundación Regazo.
Decreto:
1.- Apruébase el acuerdo de disolución y cancélase la personalidad jurídica concedida a la entidad denominada Centro de Prosperidad, que cuenta con personalidad jurídica concedida por decreto exento de Justicia N°563, de fecha 18 de junio de 2003, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
2.- Destínanse los bienes y el patrimonio de la entidad disuelta a las entidades Hogar Santa Clara, y si ésta no tuviere a esa fecha existencia legal, a la institución denominada Fundación Regazo.
3.- Remítase copia del presente decreto al Secretario Regional Ministerial de Justicia de la Región Metropolitana y al Intendente de la Región Metropolitana, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Isidro Solís Palma, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.




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