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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2006


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS, ADECUANDOLOS A LA LEY N° 19.712, LEY DEL DEPORTE, DE ASOCIACION DEPORTIVA DE BOX DE CURICO
Santiago, 31 de julio de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.551 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, modificado por decreto supremo de Justicia N°679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N°520, de 1996, modificada por resolución N°661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; en la ley N° 19.712 y su Reglamento, contenido en el decreto supremo de N°59, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Asociación Deportiva de Box de Curicó, con domicilio en la provincia de Curicó, Séptima Región del Maule, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N°1.276, de 29 de octubre de 1991, en los términos que dan testimonio el instrumento protocolizado bajo el N°93, de fecha 7 de marzo de 2005, y la escritura pública de fecha 1 de junio de 2006, ambas otorgadas en la Notaría Pública de Curicó, de don René León Manieu.
2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará "Asociación Deportiva de Boxeo de Curicó.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Isidro Solís Palma, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.




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