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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2006


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A "CLUB DE CAMPO LEÑADURA", DE MAGALLANES
Santiago, 25 de septiembre de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.157 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N°110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N°679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N°520, de 1996, modificada por resolución N°661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Club de Campo Leñadura", con domicilio en la provincia de Magallanes, Décima Segunda Región de Magallanes y Antártica Chilena, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N°713, de 16 de julio de 1996, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 11 de mayo de 2005, otorgada ante el Notario Público de Punta Arenas don Horacio Silva Reyes.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Verónica Baraona del Pedregal, Ministro de Justicia (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Constanza Collarte Pindar, Subsecretaria de Justicia (S).




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