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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2006


AUTORIZA A "FUNDACION CHAGDUD GONPA HISPANOAMERICA" PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN CHILE
Santiago, 22 de septiembre de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.121 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, decreto supremo N°110, de Justicia, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N°679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; resolución N°520, de 1996, modificada por resolución N°661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada "Fundación Chagdud Gonpa Hispanoamérica", con sede en el Departamento de Lavalleja, República Oriental del Uruguay, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados, para que desarrolle actividades en Chile, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos protocolizados bajo el N° 405, con fecha 8 de mayo de 2006, ante el Notario Público de Santiago, don Héctor Bown Ortega, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes de la República Oriental del Uruguay, clasificada como persona jurídica sin fines de lucro, por resolución del Ministerio de Educación y Cultura de fecha 24 de marzo de 2004, e inscrita en el Registro de Personas Jurídicas con el número 9.567, folio 61 del Libro 18, según consta en certificado de fecha 25 de mayo de 2006, debidamente legalizado, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente. Este documento se encuentra rubricado por don Walter Planells Torres, funcionario competente de la Dirección General de Registros Asociaciones Civiles y Fundaciones del Ministerio de Educación y Cultura de la República Oriental del Uruguay.
3.- El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será de diez años a contar de la fecha de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4.- El domicilio de la citada entidad será la Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, calle Suecia N° 15, piso 7°, departamento 71 D, comuna de Providencia.
5.- El representante de la entidad en Chile será doña Constanza Rocío Aguilar Aristizabal, con domicilio en Chile, calle Suecia N°15, piso 7°, departamento 71 D, comuna de Providencia, Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, quien, en su carácter de mandatario de la entidad, tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita en el mandato otorgado por doña Jane Tromge, don Claudio Gustavo Blaisten Grodsinsky y don Alejandro Felipe Cordero, en nombre y representación de la entidad de la referencia, documento extendido en idioma español y legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile con fecha 12 de septiembre de 2005, protocolizado bajo el N° 397, con fecha 4 de mayo de 2006, en la Notaría Pública de Santiago de don Héctor Bown Ortega, en cuya cláusula Quinto, se facultó a la mandataria para obrar bajo la responsabilidad jurídica y patrimonial de "Fundación Chagdud Gonpa Hispanoamérica".
6.- El mandatario de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Verónica Baraona del Pedregal, Ministra de Justicia (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Constanza Collarte Pindar, Subsecretaria de Justicia (S).




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