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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2007


Ministerio de Justicia
APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO COMUNIDAD TERAPEUTICA CARPE DIEM, DE SANTIAGO
Santiago, 20 de julio de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.215 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N° 520, de 1996, modificada por resolución N° 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Organización No Gubernamental de Desarrollo Comunidad Terapéutica Carpe Diem, que puede usar también el nombre de O.N.G. Comunidad de Tratamiento Carpe Diem, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 4.050, de fecha 13 de diciembre de 2005, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 16 de agosto de 2006, otorgada ante el Notario Público de San Miguel, don Juan Eugenio del Real Armas.
2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará Corporación Carpe Diem, que también podrá usar el nombre de O.N.G. Comunidad de Tratamientos Carpe Diem.
3.- Remítase copia del presente decreto al Ministerio de Planificación.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.




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