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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2007


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A ROPERO DEL HOSPITALIZADO, DE SANTIAGO
Santiago, 26 de septiembre de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.891 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110 de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679 de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N° 520 de 1996, modificada por resolución N° 661 de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Ropero del Hospitalizado, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 5.382, de 3 de noviembre de 1955, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 7 de octubre de 2004, 20 de abril de 2006 y 11 de mayo de 2007, otorgadas ante los Notarios Públicos de Santiago, doña Elena Torres Seguel, la primera, doña Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, la segunda, y don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, la última.
2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará Ropero del Hospitalizado - Damas de Amarillo.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.




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