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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2007


CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A MAKE A WISH FUNDATION OF CHILE, PIDE UN DESEO, DE SANTIAGO
Santiago, 8 de octubre de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 705.- Vistos: Estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; en los artículos 25 y 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, lo informado por el Consejo de Defensa del Estado en sus oficios N°s. 1048, de 21 de septiembre de 2006 y 341, de 2 de mayo de 2007, y los oficios N° 9057, de fecha 29 de diciembre de 2006 y N° 4947, de 29 de junio de 2007, ambos del Ministerio de Justicia,
Considerando:
1.- Que a la entidad denominada Make a Wish Fundation of Chile, Pide un Deseo o Fundación Pide un Deseo, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana, se le concedió personalidad jurídica por decreto supremo N° 1.137, de fecha 5 de noviembre de 1996, del Ministerio de Justicia, y publicado en Diario Oficial de 30 de enero de 1997.
2.- Que esta Secretaría de Estado, sobre la base de las facultades que le otorga el artículo 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979 y sus modificaciones, dispuso el inicio de un procedimiento de supervigilancia y fiscalización ante la circunstancia de recepcionar documentación reveladora de la existencia de dos grupos de personas sosteniendo, cada uno de ellos, tener la administración de la entidad y conformar, por consiguiente, el Consejo Directivo de ésta, órgano que al tenor del artículo séptimo de sus estatutos, se integra por seis personas.
3.- Que, ante la grave infracción a sus estatutos y teniéndose a la vista dictamen del Consejo de Defensa del Estado, en particular, informe N° 1048, de 21 de septiembre de 2006, este Ministerio de Justicia procedió a dictar el oficio N° 9057 de 29 de diciembre de 2006, donde se imparte la siguiente instrucción a la entidad: Los fundadores, doña Eliana Petronila López Gaete; don Felipe Mauricio Gana Eguiguren; doña Ada Patricia Reyes Gutiérrez; don Daniel Segundo Barrientos Zúñiga; don Juan Patricio Caldichuory Ríos; y doña Nury Magdalena Varas Gálvez, deberán proceder a designar al nuevo Consejo Directivo, para lo cual deberán observar fielmente todas las formalidades legales, establecidas en el artículo Décimo Tercero, que dispone la forma de efectuar citaciones, y de los artículos Séptimo, Vigésimo Segundo, Vigésimo Tercero y Vigésimo Sexto, que se refiere al funcionamiento del Consejo Directivo, fijándose un plazo de 30 días para dar cumplimiento a la instrucción impartida.
4.- Que, con fecha 14 de febrero de 2007, y a requerimiento de la Sra. Eliana López Gaete, socia fundadora de la entidad denominada Make a Wish Fundation of Chile, Pide un Deseo o Fundación Pide un Deseo, se le otorga a esta entidad un plazo de 20 días hábiles para dar cumplimiento a las instrucciones contenidas en el citado oficio N° 9057, de 29 de diciembre de 2006.
5.- Que, vencido el plazo y no cumpliéndose la reiterada instrucción impartida, a través de oficio N° 2396, de fecha 2 de abril de 2007, se requiere del Consejo de Defensa del Estado un segundo Informe en derecho respecto de la pertinencia de iniciar un proceso de cancelación a la entidad Make a Wish Fundation of Chile, Pide un Deseo o Fundación Pide un Deseo.
6.- Que, con fecha 2 de mayo de 2007, por Informe N° 341, el Consejo de Defensa del Estado señaló que Sin embargo, es atributo de esa Secretaría Ministerial, dado que se ha cuestionado la forma de notificarla y los fines que persigue esta persona jurídica, otorgar, si lo estima procedente, un último y definitivo plazo a doña Eliana López Gaete como Presidente del Consejo Directivo vigente de la fundación, para que cumplan sus instrucciones, notificándola de modo tal que no exista duda alguna respecto al conocimiento que ella toma de sus instrucciones.
En caso de no cumplir con estas nuevas instrucciones, creemos que dicho Ministerio deberá cancelar su personalidad jurídica sin más trámites.
7.- Que, en consideración de este Informe del Consejo de Defensa del Estado, como asimismo lo previsto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República, que en lo pertinente dispone que El Estado reconoce y ampara los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad, esta Secretaría de Estado, por medio de oficio N° 4947, de 27 de junio de 2007, le otorga un nuevo plazo de quince días hábiles, para dar estricto cumplimiento a la instrucción impartida por oficio N° 9057, de 29 de diciembre de 2006.
8.- Que, con fecha 19 de julio de 2007, ingresa a esta Secretaría de Estado, presentación del Sr. Sergio Villar Escamilla, abogado de la Sra. Eliana López Gaete, acompañando certificado expedido por el señor Notario Público de Santiago, don Pablo González Caamaño, que da cuenta de la no realización de una reunión de cofundadores de la entidad, citada para el día 13 de julio de 2007.
9.- Que, de acuerdo con estos últimos antecedentes recepcionados, al constatar en este procedimiento de supervigilancia y fiscalización el no cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia contenidas en el oficio N° 9057, de fecha 29 de diciembre de 2006, se ha constituido una causal suficiente, al tenor de lo dispuesto en el inciso final del artículo 36 del DS N° 110, para cancelar la personalidad jurídica:
Decreto:
1.- Cancélese la entidad denominada Make a Wish Fundation of Chile, Pide un Deseo o Fundación Pide un Deseo, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana, personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 1.137, de 5 de noviembre de 1996.
2.- Dispóngase que los bienes de la entidad referida en el numeral 1 precedente, de acuerdo con lo establecido en sus estatutos, pasen al Servicio Nacional de Menores.
3.- Practíquese por la Intendencia de la Región Metropolitana la entrega de los bienes de la entidad disuelta bajo inventario valorizado, debiendo remitirse copia del inventario y del acta que se levante al efecto, al Ministerio de Justicia.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministerio de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División de Toma de Razón y Registro
Subdivisión Jurídica
Cursa con alcance decreto N° 705, de 2007, del
Ministerio de Justicia
N° 48.111.- Santiago, 26 de octubre de 2007.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, toda vez que se ajusta a derecho, en el entendido que la medida que se dispone en el numerando 1° de su parte resolutiva, es la cancelación de la personalidad jurídica de la entidad denominada Make a Wish Fundation of Chile, Pide un Deseo o Fundación Pide un Deseo, y no la cancelación de dicho ente, como allí aparece.
Saluda atentamente a Us., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Justicia
Presente.




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