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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2007


Ministerio de Justicia
CANCELA PERSONALIDAD JURIDICA A CORPORACIÓN SOCIEDAD NIÑO AGREDIDO, DE SANTIAGO
Santiago, 8 de noviembre de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 769.- Vistos: estos antecedentes; lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil; en los artículos 25 y 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado en su Informe N° 959, de 18 de octubre de 2007.
Considerando:
1.- Que, a la entidad denominada Corporación Sociedad Niño Agredido, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana, se le concedió personalidad jurídica por decreto supremo N° 359, de fecha 2 de abril de 1991, del Ministerio de Justicia, publicado en Diario Oficial de fecha 24 de abril de 1991, y tomado razón por la Contraloría General de la República el 12 de abril de 1991.
2.- Que, esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 36 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979 y sus modificaciones, dispuso de oficio un procedimiento de fiscalización a la entidad, luego de tomar conocimiento de las investigaciones por presuntas irregularidades que lleva adelante el Ministerio Público.
3.- Que, ante la grave situación respecto del funcionamiento de la entidad, esta Secretaría de Estado dictó una serie de providencias, por medio de las cuales, solicitó diversa información tendiente a determinar cómo era efectivo que la entidad daba cumplimiento a sus finalidades. Asimismo, fiscalizadores de este Ministerio concurrieron en dos oportunidades a la sede de la entidad, con el mismo objeto.
4.- Que, en el marco de la investigación se recepcionaron informes de la Policía de Investigaciones de Chile y un inserto publicado en el diario El Mercurio, de fecha 5 de agosto de 2007, por medio de los cuales se daba a conocer que la fiscalizada habría cesado sus funciones, con lo cual no podría seguir dando cumplimiento a su objeto social, y por ende, vulnerando gravemente sus estatutos.
5.- Que, teniendo en cuenta la información contenida en el numeral anterior, la nula respuesta por parte de la entidad a los requerimientos hechos por este Ministerio y habiéndose constatado por fiscalizadores de este mismo organismo, mediante visitas inspectivas, que la entidad no cumplía sus fines, se solicitó, por medio de ord. N° 7.233, de 1 de octubre de 2007, informe en derecho al Consejo de Defensa del Estado, a fin de evaluar la pertinencia de iniciar un procedimiento de cancelación de personalidad jurídica respecto de la fiscalizada.
6.- Que, el 18 de octubre de 2007, se recepcionó el Informe N° 959, de la misma fecha, del Consejo de Defensa del Estado, por medio del cual se concluye que ... procede cancelar la personalidad jurídica de esta Corporación por no cumplir con sus fines y, además, por infringir gravemente sus estatutos, todo fundado en lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento.
7.- Que, de acuerdo con estos antecedentes, especialmente, lo informado por el Consejo de Defensa del Estado, se han constituido causales suficientes para cancelar la personalidad jurídica de la fiscalizada,
Decreto:
1.- Cancélase la personalidad jurídica a la entidad Corporación Sociedad Niño Agredido, con domicilio en la Provincia de Santiago, Región Metropolitana, que le fuera concedida por decreto supremo de Justicia N° 359, de 2 de abril de 1991.
2.- Dispónese que los bienes de la Corporación Sociedad Niño Agredido, entidad que se cancela por este acto y de conformidad a lo establecido en sus Estatutos, pasen a la Corporación de Beneficencia María Ayuda.
3.- Practíquese por la Intendencia de la Región Metropolitana la entrega de los bienes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 561 del Código Civil y 47 de los estatutos sociales, de la cancelada Corporación Sociedad Niño Agredido, bajo inventario valorizado, debiendo remitirse copia del inventario y del acta que se levante al efecto al Ministerio de Justicia.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPúBLICA
División de Toma de Razón y Registro
Subdivisión Jurídica
Cursa con alcance decreto N° 769 de 2007, del Ministerio de Justicia
N° 54.506.- Santiago, 30 de noviembre de 2007.
Esta Contraloría General ha tomado razón del documento individualizado en el rubro, que cancela la personalidad jurídica a la entidad Corporación Sociedad Niño Agredido, que le fue concedida por el decreto N° 359, de 2 de abril de 1991, del Ministerio de Justicia, en el entendido que la medida dispuesta se funda en la concurrencia de las causales a que se refieren los artículos 25 y 36 del decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones.
Lo anterior, toda vez que si bien se ha hecho referencia a la normativa antes citada, tanto en los vistos como en la parte considerativa del decreto N° 769, de 2007, ella no ha sido consignada expresamente en la parte resolutiva del acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Us., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Justicia
Presente.




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