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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2008


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A FUNDACIÓN DE ASISTENCIA SOCIAL DE LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN, DE SANTIAGO
Santiago, 10 de enero de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 192 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución N° 520, de 1996, modificada por resolución N° 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Fundación de Asistencia Social de la Cámara Chilena de la Construcción, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 501, de 3 de julio de 1986, en los términos que da testimonio la escritura pública de fecha 29 de septiembre de 2006, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Pablo González Caamaño.
2.- Declárese que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará Fundación Social de la Cámara Chilena de la Construcción.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.




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