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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2008


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A ANDINO CLUB PAMIR A.C.P. DE SANTIAGO
Santiago, 31 de enero de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 468 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, y sus modificaciones, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, en el decreto supremo N°782, de 2003, modificado por los decretos supremos N°800, de 2003; N°1.191, de 2003 y N°1.034, de 2004, todos de Justicia; en la resolución N° 520, de 1996, modificada por resolución N° 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; en la ley N°19.712 y su Reglamento, contenido en el decreto supremo N°59, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Andino Club Pamir A.C.P. con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N°3.588, de 21 de julio de 1959, en los términos que da testimonio el instrumento protocolizado bajo el N°400, de fecha 30 de agosto de 2007, ante el Notario Público de Santiago, don Clovis Toro Campos.
2.- Declárase que de conformidad a las reformas aprobadas por el presente decreto, la entidad en lo sucesivo se denominará Club Deportivo Andino Club Pamir, ACP.
3.- Remítase copia del presente decreto al Instituto Nacional de Deportes de Chile.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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