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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2008


AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA MIDDLEBURY COLLEGE PARA REALIZAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 22 de febrero de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 809 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, decreto supremo N° 110, de Justicia, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; resolución N° 520, de 1996, modificada por resolución N° 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada Middlebury College, corporación privada, sin fines de lucro, constituida y existente bajo las leyes del Estado de Vermont, Estados Unidos de América, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados, para que desarrolle actividades en Chile, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, protocolizados bajo el N° 291, con fecha 24 de mayo de 2007, ante el Notario Público de Santiago don Eduardo Avello Concha, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes del Estado de Vermont, Estados Unidos de América, según consta en certificado de fecha 23 de enero de 2007, debidamente legalizado y traducido, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente. Este documento se encuentra rubricado por don Robert Lorenz, funcionario competente de Servicios de Educación Superior, y protocolizado bajo el N° 291, con fecha 24 de mayo de 2007, ante el Notario Público de Santiago don Eduardo Avello Concha.
3.- El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido, a contar de la fecha de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4.- El domicilio de la citada entidad será la Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, calle Hernando de Aguirre N° 61, letra C, comuna de Providencia.
5.- El representante de la entidad en Chile será don Jeffrey Lee Stevenson, con domicilio en Chile, en la Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, calle Hernando de Aguirre N° 61, letra C, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, quien en su carácter de mandatario de la entidad tendrá su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita en el mandato otorgado por don Ronald D. Liebowitz, en nombre y representación de la entidad de la referencia, documento debidamente legalizado ante el Consulado General de Chile en Boston, Estados Unidos de América, y posteriormente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 9 de mayo de 2007, protocolizado bajo el N° 103, con fecha 9 de mayo de 2007, en la Notaría Pública de Santiago de don Eduardo Avello Concha, facultándose al mandatario para obrar bajo la responsabilidad jurídica y patrimonial de Middlebury College.
6.- El mandatario de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo el cambio de representante o cualquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jorge Frei Toledo, Ministro de Justicia (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Patricio Reyes Zamorano, Subsecretario de Justicia (S).




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