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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2008


APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS A SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN RURAL DE SANTIAGO Y RECTIFICA DECRETO N° 1.562, DE 1993
Santiago, 10 de enero de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 188 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en el artículo 62 de la ley N° 19.880, publicada en el Diario Oficial de fecha 29 de mayo de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rige los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución N° 520, de 1996, modificada por resolución N° 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Considerando:
1.- Que el decreto de Justicia N° 1.562, dictado con fecha 29 de diciembre de 1993, aprobó reformas a los estatutos de la entidad Servicio de Bienestar del Personal del Instituto de Educación Rural, que podrá usar la sigla SERBIER.
2.- Que en dicho decreto, por un error de hecho, se señala como denominación de la entidad Servicio de Bienestar del Personal del Instituto de Educación Rural SERBIER, debiendo decir Servicio de Bienestar del Personal del Instituto de Educación Rural, que podrá usar la sigla SERBIER.
3.- Que según lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 19.880, de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, la autoridad administrativa, en cualquier momento, podrá de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos y oscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo,
Decreto:
1.- Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada Servicio de Bienestar del Personal del Instituto de Educación Rural, que podrá usar la sigla SERBIER con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia N° 705, de 15 de junio de 1988, en los términos que da testimonio la escritura pública 31 de agosto de 2005, 1° de septiembre del año 2006 y 8 de mayo de 2007, otorgadas ante el Notario Público de Santiago, don Álvaro Bianchi Rosas, la primera y segunda, y de don Sebastián Aninat Salas, suplente de don Álvaro Bianchi Rosas, la última.
2.- Rectifícase el decreto supremo de Justicia N° 1.562, de fecha 29 de diciembre de 1993, en el sentido que la denominación de la entidad es Servicio de Bienestar del Personal del Instituto de Educación Rural, que podrá usar la sigla SERBIER y no el indicado en dicho decreto.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Verónica Baraona del Pedregal, Subsecretaria de Justicia.




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