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MINISTERIO DE JUSTICIA SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


DO 2008


AUTORIZA A FUNDACIÓN BELCORP PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS
Santiago, 7 de octubre de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.477 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo N° 110, de Justicia, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia N° 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004 y en la resolución N° 520, de 1996, modificada por resolución N° 661, de 2002, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República, y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada Fundación Belcorp, con domicilio en la ciudad de Lima, República de Perú, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados, y protocolizados bajo el N° 241, con fecha 18 de diciembre de 2007, en la Notaría Pública de Santiago, de don Eduardo Avello Concha, para que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.
2.- La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes de la República de Perú, según consta del documento de fecha 27 de noviembre de 2007, debidamente legalizado y protocolizado bajo el N° 241, con fecha 18 de diciembre de 2007, en la Notaría Pública de Santiago, de don Eduardo Avello Concha, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.
3.- El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4.- El domicilio de la citada entidad será la ciudad y provincia de Santiago, Región Metropolitana, Avenida Aeropuerto N° 860, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago.
5.- Los representantes de la entidad en Chile serán don Miguel Ignacio Álvarez Botero, don Michael John Stronach Hernández y doña Astrid Jûnemann Ureta, domiciliados en Avenida Aeropuerto N° 860, comuna de Quilicura, Provincia de Santiago, Región Metropolitana, quienes en su carácter de mandatarios de la institución tendrán su administración y representación con las más amplias facultades y atribuciones en la forma en que se acredita por instrumentos protocolizados bajo el N° 239, con fecha 24 de marzo de 2008, en la Notaría Pública de Santiago, de don Eduardo Avello Concha.
6.- Los mandatarios de la mencionada entidad deberán poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualesquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede.
7.- La entidad deberá obtener que se autorice por el Supremo Gobierno la ampliación de actividades, cuando éstas excedan a las señaladas en el N° 1 del presente decreto.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jorge Frei Toledo, Subsecretario de Justicia.




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